Andalucía Baleares Canarias Castilla y León Cataluña Comunidad Valenciana Galicia Madrid Murcia País Vasco Este verano las piscinas comunitarias seguirán con una normativa anticovid obligatoria para todos los vecinos, pese a que el número de contagios y muertes por covid-19 está disminuyendo considerablemente, gracias al avance de la vacunación. Pero las diferentes comunidades autónomas no bajan la guardia y siguen alertando de la importancia de cumplir ciertas medidas, como una mínima distancia de seguridad o el uso obligatorio de la mascarilla. Repasamos de la mano del Consejo General Colegios de Administradores de Fincas de España la normativa vigente en las siguientes comunidades autónomas con una normativa aprobada para este verano 2021: Andalucía La Consejería de Sanidad de la Junta de Andalucía ha publicado en el del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de 7 de mayo, las nuevas normas y restricciones que tendrán que cumplir este verano las piscinas de uso recreativo existentes en las comunidades de propietarios. La situación de las piscinas en comunidades de propietarios se verá afectada, según el nivel de alerta que establezca la Junta para cada población. Estas son las medidas recogidas en el documento oficial: Sin perjuicio de aplicación de las normas técnico-sanitarias vigentes, en las piscinas de uso colectivo deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños con carácter previo a la apertura de cada jornada. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, con los siguientes aforos máximos, según los niveles de alerta siguientes: En el nivel de alerta 1, hasta el 100% tanto en piscinas al aire libre y en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 2, hasta el 100% al aire libre y el 75% en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 3, hasta el 75% en piscinas al aire libre y 50% en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 4, hasta el 50% en piscinas al aire libre y 30% en piscinas interiores, del aforo permitido. Deberán limpiarse y desinfectarse los diferentes equipos y materiales como vasos, corcheras, material auxiliar de clases, reja perimetral, botiquín de primeros auxilios, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación. Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquéllos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V de Reglamento (UE) núm. 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012 , relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Asimismo, podrán utilizarse desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que estén debidamente autorizados y registrados. El uso y limpieza de los aseos se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el párrafo a) del artículo 8. En la utilización de las piscinas se procurará mantener las debidas medidas de seguridad y protección, especialmente en la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En las zonas de estancia de las piscinas se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria. Se recordará a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el covid-19. En el caso de que en las instalaciones se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación del servicio se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración, sin perjuicio del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención previstas en esta orden. Baleares En Las Islas Baleares todos los ciudadanos deberán respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19 y adoptarán las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a este riesgo. Se adoptarán las medidas de protección individual y colectiva fundamentadas en lo siguiente: La higiene frecuente de manos. La higiene de síntomas respiratorios (evitar toser directamente al aire, taparse la boca con la cara interna del antebrazo en dichos casos y evitar tocarse cara, nariz y ojos). El mantenimiento de grupos de convivencia habitual lo más estables posible, minimizando los contactos sociales diarios para evitar la multiplicación de posibles cadenas de transmisión. La distancia física interpersonal de seguridad de como mínimo metro y medio entre personas no convivientes. Se recomienda aumentar esta distancia siempre que sea posible, especialmente en espacios cerrados con insuficiente ventilación o cuando se realicen actividades relacionadas con una mayor producción de gotas y aerosoles respiratorios, tales como cantar, practicar ejercicio o gritar. El uso de mascarilla, salvo menores de 6 años y personas con problemas de dificultad respiratoria. El uso de mascarilla no será obligatorio durante la práctica de actividad física intensa o moderada, actividades acuáticas o uso de instrumentos musicales de viento. Se recomienda el uso de mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando haya reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aunque pueda garantizarse la distancia de seguridad. La preferencia por los espacios al aire libre para la realización de actividades. La correcta ventilación de espacios cerrados y la limpieza y desinfección de superficies. Canarias La Consejería de Sanidad de Canarias ha publicado ya el protocolo sanitario para evitar la transmisión del coronavirus en las piscinas comunitarias, de casas rurales, de colegios mayores o similares. Las medidas sanitarias preventivas que se adoptan en esta nueva etapa deben cumplir con los