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LIMITACIÓN EXTRAODINARIA DE LA ACTUALIZACIÓN ANUAL DEL IPC DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

Artículo 46 del Real Decreto Ley 6/2022 de 22 de marzo 2022 BOE de 30 de marzo de 2022   Entre otras medidas económicas el artículo 46 de este Real Decreto-ley establece una limitación respecto al incremento máximo de la actualización de las rentas de los arrendamientos de vivienda durante el período 31 de marzo a 30 junio 2022. Esta norma es de aplicación: En los contratos de vivienda sujetas a la LAU de 1994. Y que la renta deba ser actualizada dentro del período del 31 marzo al 30 junio 2022. Condiciones obligatorias según el artículo 46 del Real Decreto Ley: Distingue entre cuando el propietario/arrendador es GRAN TENDEDOR (PERSONA FÍSICA o JURÍDICA titular de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m² de uso residencial, excluidos garajes y trasteros) y cuándo el propietario/arrendador NO ES GRAN TENDEDOR (el resto). 1. GRAN TENDEDOR – Incremento de la actualización: Lo que pacten las partes, pero NO PUEDE SUPERAR EL 2% LÍMITE: Resultado de aplicar el IGC (Índice General de Competitividad a fecha de la actualización, tomando como mes de referencia el último índice publicado). Las partes podrán pactar una actualización inferior al 2% pero no superior al 2%. (El IGC, mientras se considere que el objetivo medio de la inflación en la zona euro es del 2%, sólo se puede utilizar entre 0 y 2%, no por debajo ni por arriba.) Si no se pacta nada se aplicará el 2% 2. RESTO DE PROPIETARIOS (NO GRANDES TENEDORES): – Incremento de la actualización: Lo que pacten las partes: Las partes podrán pactar la actualización en base al IPC publicado, sin límite máximo del 2%. Si no existe pacto: Se aplicará el 2% como máximo. – Efectos de la norma: Carece de efectos retroactivos. Sólo será de aplicación para las rentas que deban actualizarse durante el período entre 31 de marzo y 30 de junio 2022.

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Publicación RESOLUCIÓN DSO/825/2022 – Programa 3 Rehabilitación de edificios – Fondo Next Generation

¡CONVOCATORIAS PUBLICADAS! Programa 3 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificios   Hoy, 28 de marzo se ha publicado la RESOLUCIÓN DSO/825/2022 , por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública no competitiva, de subvenciones para las actuaciones del Programa 3 de rehabilitación nivel de edificio de tipología residencial unifamiliar y plurifamiliar . El Programa 3 va destinado a aquellos edificios de uso predominado residencial en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética.   OPORTUNIDAD Para que los Administradores de Fincas se posicionen ante la sociedad como indispensables en la administración de fincas/”patrimonio colectivo” y las acciones derivadas.   WEB DEL OTRC ¡YA DISPONIBLE! Ya tienes disponible la plataforma de la Oficina Técnica de Rehabilitación de Cataluña donde encontrarás la información más relevante. https://otrc.consellcaf.cat/ Concebida para realizar los trámites administrativos de forma telemática. Además, en la OTRC podrás encontrar entre otros: formación, asesoramiento y acompañamiento para poder realizar todos aquellos trámites administrativos de las diferentes fases de una forma ágil y con el apoyo de su equipo profesional.   DESCARGAR INFOGRAFÍA CON TODA LA INFORMACIÓN DETALLADA   Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración que necesites. Horario telefónico y presencial: de lunes a jueves de 8.30 a 13.30 hy viernes de 8.30 a 14.00 h Correo electrónico: ortc@consellcaf.cat

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Subvenciones de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para la Rehabilitación con Fondos Europeos Next Generation

A continuación te informamos de la convocatoria de subvenciones de la AHC para la rehabilitación ( RESOLUCIÓN DSO/825/2022 ). PROGRAMAS SUBVENCIONADOS – Programa 3 . Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio . – Programa 4 . Ayudas a las actuaciones de mejora eficiencia energética en viviendas . – Programa 5 . Ayudas para la elaboración: Libro del Edificio existente para la rehabilitación y redacción de proyectos de rehabilitación . Objeto: Financiación de obras o actuaciones de mejora de la eficiencia energética. Ámbito: Toda Cataluña, excluyente ciudad de Barcelona y su Área Metropolitana Programa 3: Edificios residenciales, plurifamiliares y unifamiliares. Programa 4: Viviendas de residencia habitual y permanente. Actuaciones iniciadas con posterioridad a 01/02/2020. Solicitud de subvenciones: Plazos: Programa 3: Inicio 20 días después de la publicación. Finalización 31/12/2022 Programa 4: Inicio 30 días después de la publicación. Finalización 31/12/2022 Programa 5: Inicio 40 días después de la publicación. Finalización 31/12/2022 Presentación: Telemática en portal de trámites de Generalitat de Catalunya. Oficinas Técnicas de Rehabilitación: Tramitación previa y gestión de solicitudes para acceder a las ayudas Programa 3: Colegios de Administradores de Fincas – Gestión Administrativa, Colegios de arquitectos y aparejadores, arquitectos técnicos y de ingenieros de la edificación – Gestión Técnica Programas 4 y 5: Gestión en Oficinas de rehabilitación municipal/comarcal indicadas en web Tramitación y gestión detallados en Anexos 1, 2 y 3 de la convocatoria Para poder consultar las especificaciones de los programas 3 (edificios), 4 (viviendas) y 5 (libro del edificio y redacción de proyectos), pincha aquí .

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Migración de dirección electrónica habilitada (DEH) en la dirección electrónica habilitada única (DEHú)

Como ya sabes a raíz de comunicaciones realizadas por la Agencia Tributaria, ha empezado a notificar a través de la DEHú . Durante un período transitorio, el envío de notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria se producirá simultáneamente a través del antiguo buzón 060-DEH y también de la nueva DEHú, coexistiendo los dos buzones hasta el 4 de abril. aconsejable verificar los datos y sobre todo el correo electrónico que constan en la DEHú , necesarios para recibir los avisos de notificación electrónica. autenticándose con certificado electrónico o Cl@vePIN. Las notificaciones de la AEAT permanecerán disponibles para comparecer en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. banda, te informamos también que el Gestor de Notificaciones CAFirma ya contempla el nuevo buzón de la DEHú , junto con los que ya tenía anteriormente, SS, eNotum (con más de 1000 organismos emisores de las administraciones públicas catalanas ), FNMT, el Punto de Acceso General (con más de 7400 entidades emisoras), DGT , etc.

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ENCUENTRO DE COLEGIADOS DEL VALLÈS OCCIDENTAL

Estamos preparando una jornada de trabajo con administradores de fincas colegiados para el 1 de abril. En esta ocasión contaremos con los compañeros de: Barberá del Vallés, Castellar del Vallés, Castellbisbal, Montcada i Reixac, Palau-Solità y Plegamans, San Cugat del Vallés, Santa Perpetua de la Mogoda, San Quirze del Vallés y Sabadell. La jornada será para el administrador titular del despacho y dos oficiales o empleados suyos. El plan previsto es el siguiente: Día : 1 de abril de 2022 Lugar : Hotel Catalonia Gran Hotel Verdi (Av. Francesc Macià, 62 – 08208 Sabadell) Hora : 10:30h (al finalizar disfrutaremos de una comida) Programa: 1. ARRENDAMIENTOS a. Limitación precio del alquiler// Ponente: SR. Rubén Llach (vocal de la Junta de Gobierno). b. Programa Reallotgem // Ponente: SR. Josep Genescà (colaborador de la Junta de Gobierno). 2. PLACAS SOLARES // Ponente SR. Jaume Facerias (colaborador de la Junta de Gobierno). 3. INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS // Ponente: Dª. Pilar Gracia (vocal de la Junta de Gobierno). 4. FONDO EUROPEOS Next Generation // Ponentes: Dª. Carmen Gil (vocal de la Junta de Gobierno) y SR. Victor Tapiol (vocal de la Junta de Gobierno). 5. NOVEDADES EN LA WEB DEL COLEGIO // Ponente: SR. Victor Hornos (informático del Colegio). Al finalizar pasaremos al comedor a degustar una comida buenísima!!! Si quieres tratar algún tema en concreto o alguna cuestión que te preocupe, puedes enviarnos previamente tu propuesta, vía e-mail a comarques@cafbl.cat y valoraremos la posibilidad de incluirlo en el orden del dia. Se ruega confirmar asistencia → comarques@cafbl.cat (administrador y dos oficiales por despacho). Plazas limitadas.

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El TC anula parcialmente la ley catalana de contención de rentas

Según la Nota Informativa núm. 19/2022 , que publicó ayer el Tribunal Constitucional, se ha dictado Sentencia por unanimidad declarando inconstitucional buena parte de la Ley 11/2020 de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de viviendas. Considera que la Generalidad invade competencias exclusivas del Estado en materia de bases contractuales de derecho civil, con fundamento en el artículo 149.1.8 CE y en la «necesidad de garantizar un común denominador en los principios que deben regir las obligaciones contractuales ”. La legislación catalana obligaba a congelar o bajar el precio de aquellos alquileres que se encontraban en áreas consideradas de mercado de vivienda tenso, de acuerdo con el índice de referencia en el mismo entorno urbano o respecto al anterior contrato. Ahora bien, esta Sentencia, que todavía no ha sido publicada, declara que no afecta a las situaciones jurídicas consolidadas por anteriores contratos, en base al principio de seguridad jurídica ya la finalidad de procurar la estabilidad de las relaciones contractuales preexistentes. En concreto, el TC declara inconstitucionales y nulos los artículos, 1, 6 a 13, 15 y 16.2, así como la disposición adicional primera, segunda y tercera, la disposición transitoria primera y la disposición final cuarta, letra b); la disposición adicional cuarta y la disposición final tercera, lo que supone una anulación global del texto legal.

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El CAFBL con Ucrania: Recogida de alimentos del 9 al 25 de marzo

Desde el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, impulsamos una campaña solidaria de recogida de alimentos para la población ucraniana a raíz del conflicto con Rusia. Del 9 al 25 de marzo, dentro del horario habitual (8.30ha 14.00h) puedes llevar a la sede colegial alimentos como arroz, legumbres (secas o en conserva), leches (en polvo, infantil), zumos de fruta , pasta, conservas (de todo tipo), aceite, azúcar, cacao, café, etc. Paralelamente, por si lo prefieres, hemos abierto una cuenta corriente específica para esta causa, a nombre del Colegio, en la que puedes hacer una donación económica dentro del mismo plazo, del 9 al 25 de marzo, fecha en la que procederemos a su anulación. BANCO SABADELL IBAN: ES74 0081 0200 2500 0392 8596 La coordinación, tanto de la entrega de los alimentos como de las donaciones económicas que recogemos, la realizaremos a través de la Fundación del Convento de Santa Clara, con Sor Lucia Caram a su frente, con quien ya tenemos convenio de colaboración. ¡Anímate y colabora!

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Medidas para la implantación de políticas en torno a las energías renovables

La Conselleria de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural nos ha informado del alcance de las acciones tomadas en los últimos meses para la implantación de políticas energéticas sostenibles en el ámbito de las comunidades de propietarios, de las que cabe destacar los siguientes aspectos: El Decreto Ley 28/2021, de 21 de diciembre, de modificación del libro quinto del Código Civil de Cataluña, a fin de incorporar la regulación de las instalaciones para la mejora de la eficiencia energética y de los sistemas de energías renovables en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal. El decreto ley regula, dentro del ámbito de la propiedad horizontal, las mayorías necesarias para el despliegue y uso de las instalaciones de energías renovables y de eficiencia energética situadas en los elementos comunes del inmueble, ya sea en beneficio de toda la comunidad o bien en beneficio particular de uno o más propietarios. El Decreto Ley 24/2021 de aceleración de las energías renovables distribuidas y participadas, que ha introducido medidas de simplificación administrativa en materia de autoconsumo fotovoltaico para que se acelere la aceptación por parte de las suministradoras eléctricas de la compensación de los excedentes energía producidos, ayudando así a reducir aún más el recibo eléctrico. El Real Decreto Ley 29/2021 de 21 de diciembre de medidas urgentes para acelerar la movilidad eléctrica y el autoconsumo, que ha eliminado la fianza para los proyectos de menos de 100 KW de potencia, una garantía financiera que suponía depositar hasta 4.000 € Por último, nos recuerda que hasta diciembre de 2023 permanecerán abiertas las líneas de ayudas para los sistemas de autoconsumo fotovoltaico, los sistemas de almacenamiento con baterías, las instalaciones térmicas renovables y las infraestructuras de recarga a las que se pueden acoger a las comunidades de vecinos (nota: en circulares anteriores hemos indicado todas las ayudas disponibles a la movilidad eléctrica y al autoconsumo, no obstante en este enlace en el ICAEN puedes consultar el resumen de su situación).

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APROBACIÓN DEL RDL 2/2022, SOBRE LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE SUSPENSIÓN DE PROCESOS DE DESAHUCIO Y SOLICITUD DE COMPENSACIÓN PARA ARRENDAMIENTOS

En fecha 23 de febrero de 2022, se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 2/2022 , de 22 de febrero, que introduce las siguientes modificaciones: La Disposición Final Segunda modifica los artes. 1 y 1 bis del RDL 11/2020, de 21 de marzo, ampliando hasta el 30 de septiembre de 2022 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos. La Disposición Final Tercera modifica los apartados 2, 3, 5 y 6 de la Disposición Adicional Segunda del RDL 37/2020, de 22 de diciembre, ampliando hasta el 31 de octubre de 2022, la posibilidad de solicitar compensación por parte de el arrendador o propietario recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes por a hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transporte. Asimismo, la prórroga de la suspensión de los procesos y lanzamientos se extiende también a los ocupantes sin título (okupas) cuando el arrendador sea un gran tenedor (+10 viviendas). La Disposición Final octava, en consonancia con la ampliación de la suspensión de los procedimientos y lanzamientos y del plazo para solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, mediante la Disposición Final Octava se modifican los plazos establecidos en el Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, hasta el 31 de octubre de 2022 y añade una Disposición Adicional única por la que las compensaciones a las que se refiere este real decreto que no se hayan podido realizar con los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, se podrán realizar con los del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 regulado por Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A tal efecto los requisitos que deben concurrir para que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla puedan utilizar los recursos del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 para las compensaciones a arrendadores o propietarios previstas en el Real decreto ley 37/2020, de 22 de diciembre, son los mismos que los regulados para el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el artículo 2, con la salvedad de que el acuerdo de liquidación e imputación del importe de las compensaciones, que será adoptado por la persona titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se incluirá en la liquidación final del convenio que cada comunidad autónoma y las ciudades de Ceuta y Melilla suscriban con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, sin que proceda dictarlo antes.

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Realiza tus reuniones de Comunidades de Propietarios en las salas del CAFBL

Nos congratulamos en informarte que el Colegio vuelve a poner a tu disposición el alquiler de las Salas CAFBL. Como recordarás, éstas tienen diferentes capacidades idóneas para realizar reuniones de propietarios u otros actos que vayan asociados a la actividad de los Administradores de Fincas y, ahora, te las podemos ofrecer a precios mucho más asequibles . Las salas CAFBL están preparadas para realizar exposiciones/presentaciones, tienen pizarras panorámicas, equipo de audio, proyectores y cuentan con otros servicios que podrás consultar. La reserva para el alquiler la podrás hacer enviando el formulario , al siguiente correo electrónico serveiscolegials@cafbl.cat . Es aconsejable realizar la reserva con antelación suficiente para que podamos confirmarte la disponibilidad.

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