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El nuevo cambio en las comunidades de vecinos que entra en vigor este 3 de abril: ¿afectará en Catalunya?

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Barcelona, ​​3 de abril de 2025

Este jueves entra en vigor una modificación clave en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH)

A partir de este jueves, 3 de abril, entra en vigor una modificación clave en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que impactará directamente en la regulación del alquiler turístico en España. Esta medida no afectará a todas las comunidades autónomas y Catalunya es una de ellas, puesto que es una medida que modifica la Ley de Propiedad Horizontal que se aplica en el conjunto del Estado, mientras que Catalunya se rige por el Codi Civil Català y, por lo tanto, la prohibición de pisos turísticos ya se podía hacer desde hace años.

En el caso de Catalunya, los pisos turísticos se pueden prohibir desde 2006, tal como se recoge en el Artículo 553-11 del libro quinto del Código Civil Catalán, que regula los estatutos de las comunidades de propietarios.

Esta norma se modificó en 2015, año en el que se añadió que para que esta prohibición de pisos turísticos fuera oponible a terceros, el veto se tiene que inscribir en el Registro de la Propiedad. “Es decir, si hay un nuevo propietario que compra uno de los pisos en una comunidad donde se ha prohibido el uso de pisos turísticos, no podrá destinarlo para este uso”, indica el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida, Lorenzo Viñas.

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