Barcelona, 8 de mayo de 2025
Tras la entrada en vigor, el pasado 27 de febrero, del Decreto Ley 2/2025, la Generalidad de Cataluña ha implementado un nuevo sistema de registro obligatorio para grandes tenedores de viviendas.
Esta medida, enmarcada en las medidas urgentes en materia de vivienda y urbanismo, busca mejorar la gestión del mercado inmobiliario y garantizar una mayor transparencia.
Según la normativa, todas las personas físicas o jurídicas que ejerzan como grandes tenedores de viviendas tendrán que inscribirse en un registro específico.
Cabe destacar que este trámite no comporta ningún coste ni requiere la presentación de documentación específica, aunque la Agencia de la Vivienda puede solicitar el título de propiedad de los inmuebles si así lo considera.
Es importante destacar que la carencia de inscripción o la no comunicación de la información requerida será considerada una infracción grave, con sanciones que oscilan entre los 9.001 y los 90.000 euros.
Las personas o empresas afectadas que necesiten más información pueden acudir a los servicios de asesoramiento jurídico del Colegio, ya sea de forma presencial con cita previa, por teléfono oa través de las plataformas online disponibles en la página web del CAFBL.
Es importante destacar que la carencia de inscripción o la no comunicación de la información requerida será considerada una infracción grave, con sanciones que oscilan entre los 9.001 y los 90.000 euros.
Las personas o empresas afectadas que necesiten más información pueden acudir a los servicios de asesoramiento jurídico del Colegio, ya sea de forma presencial con cita previa, por teléfono oa través de las plataformas online disponibles en la página web del CAFBL.