Comunicación

Actualidad

La morosidad en las comunidades de propietarios, un freno a las obras de rehabilitación

Compartir esta entrada

  • El Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida impulsa modificar la Ley Hipotecaria de 1946 para acabar con el problema que supone la morosidad

 

Barcelona, ​​24 de enero de 2024 – El Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida (CAFBL) está trabajando activamente en una reforma legislativa para modificar la Ley Hipotecaria de 1946 para que conste registralmente el adjudicatario en los procedimientos de ejecución sobre bienes inmuebles. Es decir, que el juzgado o tribunal que sustancie el procedimiento deba comunicar al registrador que el referido procedimiento ha terminado e indique a quién se ha adjudicado la vivienda, a fin de facilitar a las comunidades de propietarios la posibilidad de reclamar la deuda pendiente, en caso de existir. La salud económica de las comunidades de propietarios depende del cumplimiento por parte de los copropietarios de las obligaciones de pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias. Las situaciones de morosidad se ven agravadas en aquellos contextos en los que el propietario está además sometido a un proceso de ejecución sobre el inmueble por impago de las cuotas hipotecarias. Actualmente, cuando se finaliza el procedimiento con la ejecución del inmueble, no es posible conocer por parte de la Comunitat ni la propia finalización del procedimiento, así como tampoco el adjudicatario definitivo, que es quien debería hacer frente a las responsabilidades y afectaciones reales del inmueble. El presidente del CAFBL, SR. Lorenzo Viñas, pone énfasis en que la morosidad en las comunidades de propietarios es un grave problema, ya que entorpece o detiene obras de mantenimiento o rehabilitación necesarias o imprescindibles , y este problema se agrava en casos de ejecuciones judiciales por impago de hipoteca . De hecho, en los casos en los que se deja de pagar la hipoteca significa que meses anteriores ya se ha dejado de pagar también la cuota comunitaria. Si a estos meses de impago se añaden todos los meses que dura el proceso judicial (hasta 24 meses) el perjuicio para la comunidad de propietarios es muy grave y una de las principales consecuencias es la imposibilidad de realizar obras comunes necesarias como puede ser, por ejemplo, la instalación de un ascensor, con la consecuencia negativa hacia personas con discapacidad o personas mayores. “También se añade el problema que es que si a quien se acaba adjudicando la vivienda no inscribe en el registro esta adjudicación es imposible saber quién es este nuevo propietario y, por tanto, no se sabe a quién se le deben reclamar las cuotas pendientes” , indica el sr. Viñas. No debe olvidarse que las viviendas en buen estado de conservación y mantenimiento favorecen la calidad de vida de las personas que viven en ellas y por tanto, es un beneficio para la salud de todos. De ahí la importancia de poder garantizar a las comunidades de propietarios su economía para realizar cualquier obra de mantenimiento necesaria. Esta propuesta de modificación de la Ley Hipotecaria de 1946 se enviará a los distintos grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados, así como al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana de España y, además, por parte del CAFBL se promoverán las reuniones institucionales necesarias para que esta modificación tan necesaria pueda llevarse a cabo.

DESCARGAR NOTA DE PRENSA

Si quieres estar informado sobre el mundo de la Administración de Fincas, puedes suscribirte para recibir estas noticias

Aquí es necesario poner el formulario de newsletter

Más actualidad

El sector se mueve y nosotros te lo explicamos

Lorem ipsum dolor sit almen, consectetuer adipiscing élite.

Lorem ipsum dolor sit almen, consectetuer adipiscing élite.

Lorem ipsum dolor sit almen, consectetuer adipiscing élite.

Lorem ipsum dolor sit almen, consectetuer adipiscing élite.

Espacios destacados

Lorem ipsum dolor sit almen

RSC

Lorem ipsum dolor sit almen

Bolsa de trabajo

¿Buscas trabajo?

Revista Consejo

¡Consúltala!

Scroll al inicio