Hoy en el DOGC se ha publicado la RESOLUCIÓN SLT/2704/2021, de 2 de septiembre, por la que se prorrogan y modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña , que prorroga de nuevo y por 7 días más, la prohibición de celebrar reuniones de comunidades de propietarios con la asistencia de más de 10 personas (art. 5) .
Por tanto, queda prohibido convocar reuniones a las comunidades que tengan 10 o más fincas (9 propietarios y el administrador).
En cuanto a las piscinas, se sigue con las mismas medidas informadas en la circular 53/2021, con la salvedad de que no podrán haber grupos de más de 10 personas. Se mantiene la obligación de utilizar la mascarilla cuando no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 m. con personas no convivientes, y en espacios públicos o de uso público cerrados. En el puesto de trabajo deben mantenerse las medidas higiénicas preventivas así como ventilar los espacios con apertura de puertas y ventanas (no ventiladores). Por si puede ser de utilidad, en este enlace encontrará el resumen del resto de medidas que han entrado en vigor a partir de hoy.