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Prórroga de los ERTOS

Se ha publicado en el BOE núm. 233 de fecha 29 de septiembre de 2021, el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo. En los siguientes apartados se resumen las modificaciones de mayor interés reflejadas en el RD-Ley 18/21, de 28 de septiembre : I – Prórroga de los ERTOS que actualmente están en vigor II – Empresas que desean mantener los ERTOS a partir de noviembre de 2021 III – Nuevos ERTOS de impedimento y limitación IV – Acciones formativas V – Exenciones de cuotas a la Seguridad Social VI – Mantenimiento del Empleo VII – Cuantía de la prestación por desempleo VIII – Limitaciones de los ERTOS Como siempre, para cualquier duda o más información al respecto te puedes dirigir a nuestro servicio de asesoría laboral, presencial con cita previa, por teléfono oa través de las asesorías online de la web colegial www.cafbl.cat .

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Salario Mínimo Interprofesional para el año 2021

El nuevo importe del SMI (RD 817/2021 ) se fija para los trabajadores fijos, para los eventuales o temporeros y para los empleados del hogar, siendo sus cuantías las siguientes: SMI para cualquier actividad sin distinción de sexo ni edad : 32,17 euros/día 965 euros/mes SMI a tener en cuenta a efectos de compensación y absorción : 13.510 euros/año (965 euros por 14 pagas) SMI para personas trabajadoras eventuales y temporeras (hasta 120 días): 45,70 euros/jornada legal en la actividad SMI para personas empleadas de hogar que trabajan por horas : 7 ,55 euros/hora efectivamente trabajada En el Salario Mínimo sólo se computa la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda dar puesto a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquél, y estará referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad. Si se realiza una jornada inferior se percibirá la parte proporcional. Respecto a las personas trabajadoras eventuales y temporeras, cuyos servicios en una misma empresa no excedan de 120 días, junto al SMI percibirán la parte proporcional de la retribución correspondiente a domingos y festivos y de las dos gratificaciones extraordinarias. Por último indicar que el incremento del SMI no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que vayan percibiendo los trabajadores, cuando estos salarios en su conjunto y en cómputo anual fueran superiores a ese salario mínimo. Como siempre, para cualquier duda o más información sobre este tema puedes dirigirte a nuestro servicio de asesoría laboral, presencial con cita previa, por teléfono oa través de las asesorías online de la web colegial www.cafbl.cat

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Abrimos el período de participación del IV Concurso de dibujo infantil. Felicitación de Navidad 2021.

Tras el paréntesis del 2020, nos ilusiona mucho reanudar las buenas y bonitas costumbres y es por eso que te comunicamos que ya puedes participar en el IV Concurso de Dibujo Infantil. La Navidad con tus vecinos . Los dibujos tendrán que estar elaborados por niños, de entre 6 y 10 años, que sean familiares de colegiados/as, así como de las personas trabajadoras de los despachos. La temática principal del concurso es la Navidad y se valorarán aquellos trabajos que vayan relacionados con nuestra profesión. ¡Anima a los pequeños de casa a participar! Tienes tiempo de presentar sus dibujos hasta las 23:59h del día 5 de noviembre de 2021 , a través de la Intranet del CAFBL. Posteriormente, el jurado del concurso, que estará integrado por vocales de la Junta de Gobierno y del equipo ejecutivo del CAFBL, decidirá de forma anónima el dibujo ganador que será la imagen de la felicitación navideña. El 15 de noviembre de 2021 se hará público el nombre del ganador, que además será premiado con 2 entradas de día de adulto y 2 entradas infantiles para ir a Port Aventura . Accede al siguiente enlace para visualizar las bases del concurso y asegúrate de cumplir todos los requisitos. Mucha suerte!!

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El sector inmobiliario plantea 12 propuestas de acción en materia de vivienda

La Asociación de Promotores y Constructores de Edificios de Cataluña, junto con el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, el Consejo de Colegios de Administradores de Fincas de Cataluña, el Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña, el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona y provincia, la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña y el Consejo de Colegios oficiales de Agentes de la Propiedad inmobiliaria de Catalunya han elaborado un documento que contiene 12 propuestas de acción de Gobierno en materia de políticas públicas de vivienda. El documento, enviado a todas las fuerzas políticas catalanas con representación parlamentaria, responde al espíritu de satisfacer el derecho a la vivienda, uno de los principales problemas no resuelto adecuadamente y que precisa de la concertación de todas las partes actoras para encontrar las mejores y más diversas soluciones. Cabe destacar que la mayoría de las medidas aprobadas durante esta última década, tanto por parte del Estado como de las comunidades autónomas, conllevan obligaciones de gran impacto para los privados, quienes sienten que acaban asumiendo la responsabilidad de la ejecución de políticas asistenciales propias de la Administración. De ahí que las 12 propuestas de acción planteadas a los grupos políticos que configuran el Parlament de Catalunya van en la dirección de corregir esta situación. La primera actuación va encaminada a crear y asegurar un marco regulador estable que ofrezca seguridad jurídica a todas las partes, permitiendo al mismo tiempo la celebración de las actuaciones de inversión en el sector de la construcción residencial de forma sostenible. La segunda tiene el foco en las preasignaciones presupuestarias para las políticas de vivienda, que deberían incrementar su peso en el presupuesto catalán hasta el 1,5% del PIB. En definitiva, se pretende que a largo plazo se garantice un incremento suficiente de los recursos de la Generalidad en materia de vivienda. La tercera acción quiere impulsar un acuerdo de colaboración público-privado para el relanzamiento sostenible de la promoción de vivienda nueva. Se plantea un acuerdo plurianual entre el sector y la Administración, que establezca los canales y las medidas de colaboración para la promoción de vivienda a precio asequible y social. En este sentido, sería absolutamente necesario conseguir ciclos de promoción de hasta 25.000 viviendas al año de diversa tipología, libres y protegidas, en régimen de acceso en alquiler, venta, derecho de superficie y cesión de uso o copropiedad. Alcanzar esta cifra de viviendas significaría la generación de más de 60.000 puestos de trabajo y una recaudación fiscal para el conjunto de las Administraciones superior a los 1.500 millones de euros. Por lo que respecta a la cuarta acción se centra en la movilización del suelo reservado destinado a vivienda asequible y social, evaluando cuáles son las actuaciones más eficientes para acelerar la creación de una numerosa oferta de este tipo de vivienda. La quinta actuación plantea que la Administración desarrolle instrumentos no coercitivos para avanzar hacia el derecho subjetivo de la vivienda, en línea con lo que se implantó en Francia o País Vasco. Desde la acción pública -sin interferir ni ir en detrimento de los derechos de los titulares del parque de viviendas privada- deberían buscarse fórmulas y recursos suficientes para proporcionar el techo adecuado en aquellos colectivos de la población con mayores dificultades para acceder a una vivienda. Las líneas de soporte de acceso a una vivienda nueva configurarían la sexta propuesta de acción, que no sólo iría a remolque de lo que pueda establecer el Plan de Vivienda Estatal, sino de disponer de líneas propias con cargo a los presupuestos de la Generalitat de Cataluña. Los fondos europeos Next Generation EU son una oportunidad para todo el sector -y también para el ciudadano- para reactivar la construcción residencial ante la incertidumbre del impacto que comporta el escenario post-Covid sobre la economía Precisamente, la séptima acción sería facilitar la aplicación de estos fondos en el ámbito de la construcción residencial, siguiéndole la octava actuación, fundamentada en la adopción de medidas de simplificación administrativa y mejora de la agilidad en trámites y otros aspectos por parte de la Administración. La acción novena pretende modificar las imposiciones a los propietarios realizadas por la Ley 24/2015 y los Decretos ley 17/2019 y 1/2020. En este sentido, se propone abrir un diálogo con el Gobierno sobre la definición de gran horquilla, el alquiler social obligatorio, la viabilidad de las actuaciones de promoción urbanística y la protección ante el ocupación ilegal de viviendas. La fórmula elegida por el ejecutivo catalán para intentar contener las rentas de alquiler es considerada contraproducente para la generación del propio alquiler. interpretación de la ley afecta a los contratos firmados entre los años 1995 y 2015, suponiendo un grave perjuicio para todos aquellos propietarios que históricamente han puesto viviendas de su titularidad en el mercado de alquiler, aumentando objetivamente la posibilidad de que éstas se retiren de la oferta de mercado. Además, la ley realiza una inadecuada aplicación del índice de referencia, ignorando aspectos esenciales que tienen un peso objetivo en la valoración a realizarse del precio de alquiler. Hay que añadir que el impulso por parte del Gobierno de una normativa de alquiler catalana comportará una nueva confrontación competencial, considerando el acuerdo firmado en 2018 entre el Estado y la Generalitat, donde se explica que ambos gobiernos coinciden en que cualquier intento de regulación de los arrendamientos urbanos es competencia del Estado. Las actuaciones décima y undécima contemplan la revocación de estas normativas por los efectos adversos sobre el alquiler y destacar que la estabilidad y la seguridad jurídica en las normas que regulan los contratos de arrendamiento deben tener presente que el objetivo es facilitar el derecho básico del acceso a la vivienda, respondiendo equilibradamente a las necesidades de propietarios y arrendatarios. La acción duodécima es reclamar a los grupos parlamentarios -y muy especialmente al Gobierno de la Generalidad de Cataluña-, que en esta legislatura se ponga en marcha una nueva política de concertación en materia del derecho a la vivienda, mediante la promoción de un

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RD 587/2021- SE REACTIVAN LAS AYUDAS A LAS ADAPTACIONES DE LAS COMUNIDADES AL SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL (LÍMITE 31/10/2021)

En nuestra circular 65/2020 relativa a la ampliación del plazo de subvenciones de antenización del segundo dividendo digital en las comunidades de propietarios, te informábamos que el plazo máximo de presentación de documentación y solicitudes finalizaba el 31/12/ 2020. Este plazo se ha demostrado insuficiente para que determinados potenciales beneficiarios de las subvenciones pudieran disponer de la documentación adecuada que debía acompañar a la oportuna solicitud, lo que se ha traducido en que estos potenciales beneficiarios no hayan podido presentar la solicitud en dicho plazo. El pasado 5 de agosto de 2021 se publicó en el BOE el RD 587/2021 , de 20 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones destinadas a compensar los costes, en los que las comunidades de propietarios han incurrido, para garantizar la recepción o el acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva con motivo de la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz. Para más información clica aquí . servicio de asesoría de Ingeniería, miércoles de 12.30 horas a 14.00 horas, presencialmente con cita previa, por teléfono o mediante las asesorías online de la web colegial www.cafbl.cat .

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Llega rehabilita 2021

Rehabilita es una iniciativa colectiva, impulsada y promovida por el Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Barcelona (CAATEEB), que cuenta con un Comité Estratégico formado por el Ayuntamiento de Barcelona, ​​el AMB, la Diputación de Barcelona, ​​la Generalidad de Cataluña, y representantes de todo el sector (colegios profesionales, gremios, asociaciones, etc.). Desde 2014, las entidades del sector de la rehabilitación nos unimos para hacer realidad un encuentro anual conjunto, con actividades diversas orientadas a promover e impulsar la rehabilitación tanto entre el sector profesional como entre la ciudadanía. Rehabilita 2021 se convierte en una oportunidad excepcional para activar la ciudadanía con relación a las oportunidades derivadas de los fondos europeos Next Generation , y transferir a los profesionales conocimientos y buenas prácticas de referencia. Todo con el objetivo de situar la rehabilitación en el lugar que le corresponde y contribuir, entre todos, a crear la cultura de rehabilitación que el país merece. La misión de Rehabilita es un programa de TV, producido por el equipo del Terrat, que pone la rehabilitación en el centro del debate económico, político y social que se convertirá en una jornada profesional con los mejores expertos y los principales responsables de la aplicación del Next Generación en Cataluña. Todo esto y más en REhabilita 2021. ¿Te lo perderás? Si quieres cambiar el mundo, empieza por tu casa. Para más información: http://ow.ly/y2B150G8FG7

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A partir del día 10 de septiembre se pueden realizar reuniones de comunidades de propietarios de más de 10 personas

El viernes, 10 de septiembre, se publicó en el DOGC la RESOLUCIÓN SLT/2751/2021, de 9 de septiembre, por la que se prorrogan y modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña , que ha levantado, a partir de hoy, la prohibición de hacer reuniones de más de 10 personas, aunque recomienda que no superen el número máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivientes. La duración de las medidas se establece por 7 días. Para más información pincha en el siguiente enlace: http://ow.ly/dfwm50G8KxA

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Cambios en la documentación de las instalaciones de Baja Tensión frente a las distribuidoras de electricidad

A partir del 13 de septiembre de 2021 se aplicarán cambios en la documentación de seguridad industrial a aportar para la tramitación de las instalaciones eléctricas, en los cambios contractuales que se produzcan a solicitud de los consumidores o en trámites de compañía para dar de alta o modificar el contrato de acceso de: Nuevo suministro Alta en segunda ocupación o recuperación de CUPS (se produce después de una resolución de contrato de acceso) sin incremento de potencia. Cambio de nombre (traspaso o subrogación de contrato) Cambio técnico: Variación de la potencia contratada. Véase el contenido íntegro de la nota aclaratoria de la SDG de Seguridad Industrial . Como siempre, para cualquier duda o más información sobre el tema puedes dirigirte a nuestro servicio de asesoría de ingeniería, por teléfono, presencial con cita previa o mediante las asesorías online a través de la web colegial: www.cafbl.cat .

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Ampliación del plazo de subvenciones de antenización del segundo dividendo digital en las comunidades de propietarios

Con fecha 5 de agosto de 2021 se publicó en el BOE el Real Decreto 587/2021, de 20 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones destinadas a compensar los costes en que las comunidades de propietarios han incurrido para garantizar la recepción o el acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva con motivo de la liberación de la banda de frecuencias 694-790 MHz . El aspecto a destacar de este nuevo RD es que se AMPLIA EL PLAZO PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DE ANTENIZACIÓN DEL SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2021, dado que los plazos de la primera convocatoria y la su prórroga no fueron suficientes para que todos los posibles ciudadanos beneficiarios de estas ayudas pudieran acceder a ellos. Recuerde que en función de las actuaciones sobre la infraestructura, las subvenciones para las comunidades de vecinos pueden ir desde los 104,3 € hasta los 677,95 €, para la infraestructura de recepción de televisión que haya requerido de la instalación equipamiento adicional para seis múltiples digitales. Se puede obtener la información para solicitar estas ayudas en la web: www.televisiondigital.es

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Prorrogada de nueve y por 7 días más la prohibición de celebrar reuniones de comunidades de propietarios con la asistencia de más de 10 personas

Hoy en el DOGC se ha publicado la RESOLUCIÓN SLT/2704/2021, de 2 de septiembre, por la que se prorrogan y modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña , que prorroga de nuevo y por 7 días más, la prohibición de celebrar reuniones de comunidades de propietarios con la asistencia de más de 10 personas (art. 5) . Por tanto, queda prohibido convocar reuniones a las comunidades que tengan 10 o más fincas (9 propietarios y el administrador). En cuanto a las piscinas, se sigue con las mismas medidas informadas en la circular 53/2021, con la salvedad de que no podrán haber grupos de más de 10 personas. Se mantiene la obligación de utilizar la mascarilla cuando no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 m. con personas no convivientes, y en espacios públicos o de uso público cerrados. En el puesto de trabajo deben mantenerse las medidas higiénicas preventivas así como ventilar los espacios con apertura de puertas y ventanas (no ventiladores). Por si puede ser de utilidad, en este enlace encontrará el resumen del resto de medidas que han entrado en vigor a partir de hoy.

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