Nombre del autor:Marta Agraz

Periodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Notas de prensa

La figura de la mujer en el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida ha aumentado significativamente en los últimos años

Barcelona, ​​4 de marzo – La profesión de los administradores de fincas ha sido tradicionalmente un trabajo donde predominaban los hombres y, aún a día de hoy, existe una diferencia entre mujeres y hombres colegiados en el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lérida (CAFBL): Hombres: 65,39% Mujeres: 34,61% Sin embargo, en los últimos 3-4 años se ha visto un cambio al respecto, con un fuerte aumento de mujeres colegiadas . De modo que esta diferencia de género cada año va a menos, dado que hemos observado un aumento de mujeres colegiadas año tras año, equiparándose con el porcentaje de hombres colegiados: 2018 o Hombres: 50% o Mujeres: 50% 2019 o Hombres: 51,6% o Mujeres: 48,4% 2020 o Hombres: 52,9% o Mujeres: 47,1% Estos datos demuestran que el acceso de la mujer a la profesión de administración de fincas está siendo mucho más alta, haciendo del Administrador/a de Fincas una profesión cada vez más paritaria .   DESCARGAR NOTA DE PRENSA Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Actualidad

CONVOCATORIA DE HUELGA GENERAL PARA EL 8 DE MARZO

Te informamos que los sindicatos Intersindical Alternativa de Cataluña (JAC), Intersindical –CSC y la Confederación General del Trabajo en Cataluña (CGT), han convocado una huelga general para el próximo 8 de marzo, que afectará al conjunto de personas trabajadoras tanto del sector público como del sector privado y de todos los sectores productivos. Las entidades convocantes se basan en un conjunto de reivindicaciones laborales, económicas y sociales en defensa de la igualdad de los derechos de las mujeres trabajadoras. Se ha preparado un resumen de los efectos que el ejercicio del derecho de esta huelga comporta. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Notas de prensa

Cataluña lidera la estadística estatal de denuncias por ocupación ilegal de viviendas e inmuebles

El sector inmobiliario denuncia ante la Fiscalía la elaboración de un manual de okupación Barcelona, ​​1 de marzo – A menudo los medios de comunicación recogen noticias sobre ocupaciones ilegales de vivienda y la alarma y conflictividad que generan en la vida de las comunidades, la falta de asistencia de la Administración a las familias frente a una reducción drástica de sus ingresos y la actuación de mafias que se lucran de las situaciones de necesidad. En ocasiones, se olvida el trasiego que supone para los propietarios así como para los residentes de las comunidades de propietarios, tanto desde el punto de vista emocional como económico, los problemas de convivencia y seguridad. Consideramos que las corporaciones públicas representativas de los profesionales y de las empresas de nuestro sector no pueden mantenerse impasibles ante los graves perjuicios que se están provocando a la propiedad, a las comunidades, a los vecinos ya la ciudadanía en general, por unos hechos cada vez más alarmantes y, por ello, creemos que es necesario instar a las autoridades públicas para que actúen en defensa de la legalidad y en defensa de la protección del interés común. Los datos del Sistema Estadística de Criminalidad del Ministerio del Interior, que recoge denuncias por empleo ilegal, permite un análisis más esmerado de la evolución temporal y su incidencia en las Comunidades Autónomas más pobladas. – Tasa Ocupaciones por cada 10.000 habitantes en Andalucía: • 2015: 2,45 • 2019: 3,01 • Incremento del 22,83% – Tasa Ocupaciones por cada 10.000 habitantes en Madrid: • 2015: 2,53 • 2019: 2,16 • Disminución del 14,98% – Tasa Ocupaciones por cada 10.000 habitantes en Cataluña: • 2015: 5,26 • 2019: 8,71 • Incremento del 65,63% La tasa catalana es claramente superior desde 2015 y es la más elevada en todos los años y triplica a la de Madrid en 2019. Del dato de 2019 cabe señalar: – Mínimo estatal, La Rioja con una tasa del 0,35 – Máximo estatal, Cataluña con una tasa de 8,71 – Segundo máximo estatal, Andalucía con 3,01 – Media Estatal 3,11 En conclusión, en 2019 Cataluña está en 280% por encima de la tasa media estatal, un 323% por sobre Andalucía y un 403% sobre la de Madrid. Buscando explicaciones interesa relacionar la evolución de la tasa de paro entre 2015 y 2019 con la evolución de las ocupaciones durante el mismo período: – Andalucía: • Tasa de paro: baja un 37% (23,80% respecto 4T 2020) • Ocupaciones: incrementan un 23,06% – Madrid: • Tasa de paro: baja un 34,27% (18% 4T 2020) • Ocupaciones: disminuyen un 11,60% – Barcelona: • Tasa de paro: baja un 42,29% (21,8% 4T 2020) • Ocupaciones: incrementan un 69,32% En conclusión, Cataluña, de las tres comunidades más pobladas, es la que tiene una disminución del paro más importante hasta 2019, en la que más crecen los empleos. Es interesante resaltar el hecho de que en Cataluña se incrementan las ocupaciones casi un 70% mientras que en Madrid disminuyen casi un 12%. Es evidente que en Cataluña la mejora de la situación económica y la reducción de la tasa de paro no han reducido el número de denuncias de empleo ilegal, que sigue creciendo. La explicación se puede encontrar en el fomento de la ocupación ilegal por parte de algunos partidos y la mayor permisividad de las administraciones en Cataluña , ante las dificultades de alojamiento de las familias, y de medidas de políticas de vivienda demagógicas, poco eficaces y con pocos recursos presupuestarios. Las administraciones han renunciado a cumplir el mandato constitucional del derecho a la vivienda (artículo 47 de la Constitución), que establece que los poderes públicos promoverán las condiciones y normas pertinentes para hacer efectivo ese derecho. El Decreto ley 17/2019 traspasa a los propietarios de viviendas ocupadas esta responsabilidad, obligándoles a un alquiler social a largo plazo que no cubre en muchos casos los gastos de funcionamiento y mantenimiento, con la amenaza de multas coercitivas exorbitantes. Ningún otro país de la UE tiene una legislación que comporta la legalización del empleo. El Decreto ley 17/2019 ha sido declarado anticonstitucional y nulo en este aspecto y otros artículos en la Sentencia 16/2021 del TC. Esta sentencia del TC constituye una oportunidad para una nueva reflexión sobre cómo abordar las situaciones de vulnerabilidad en el acceso a la vivienda, con eficaces medidas de política de alojamiento y de acuerdo con el marco constitucional. Las entidades firmantes lo pedimos y ofrecemos la plena disposición. DENUNCIA A LA FISCALÍA En este contexto de expansión de la ocupación en Cataluña, dado que ningún organismo ni ningún poder público ha denunciado este manual, se informa que las entidades catalanas representativas que trabajan la vivienda y el sector inmobiliario, Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, Consejo de Colegios Territoriales de Administradores de Fincas de Catalunya, Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña, Consejo Catalán de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Cataluña, Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña y la Asociación de Promotores de Cataluña, hemos presentado denuncia ante la Fiscalía pidiendo se averigüe e identifique a los responsables de la elaboración y publicación de un “Librito de Okupación”, difundido en la página web de la organización política juvenil ARRAN. El manual consta de 100 páginas con infografías, entrevistas con experiencias, consejos y asesoramiento jurídico para evitar el desempleo. Se explica en detalle qué herramientas son necesarias para forzar una puerta, para hacer empalmes en el suministro eléctrico y para manipular los contadores de suministros. Sin duda se trata de un documento que incita con carácter público a la delincuencia ya la provocación de delitos de distinta índole, contemplados en el artículo 18 del Código Penal.   DESCARGAR NOTA DE PRENSA Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Apariciones en medios, Prensa

Las entidades inmobiliarias denuncian ante la Fiscalía al ‘manual okupa’ de Arran porque «incita a la delincuencia»

Las entidades critican «la expansión de la okupación en Cataluña» en los últimos años. A raíz asegura que solo dos de cada 10 jóvenes pueden emanciparse, pagando más de 60% de su salario.   Entidades del sector inmobiliario y de la vivienda de Cataluña anunciaron este lunes una denuncia en la Fiscalía contra el ‘Manual de Okupación’ de Arran porque consideran que «sin duda, incita a la delincuencia».   LEER NOTICIA COMPLETA A «20 MINUTOS»: https://www.20minutos.es/noticia/4603818/0/entidades-inmobiliarias-denuncian-ante-fiscalia-manual-okupa-arran-incita-delincuencia/ Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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Autoconsumo residencial de energía: una oportunidad para las fincas de Barcelona

El autoconsumo fotovoltaico es una herramienta clave para combatir la emergencia climática en la ciudad de Barcelona. Por este motivo, en este webinar, organizado conjuntamente entre el CAFBL y la Agencia de Energía del Ayuntamiento de Barcelona, se presentarán casos de éxito de autoconsumo compartido residencial y se intercambiarán herramientas y propuestas que puede ofrecer el Ayuntamiento de Barcelona. Además, mediante una encuesta, se recogerán necesidades concretas del colectivo de administradores de fincas para trabajar conjuntamente. Si quieres conocer más sobre el autoconsumo fotovoltaico, te invitamos a este interesante webinar. Puedes ayudarnos a recopilar dudas y necesidades al respecto participando en esta breve encuesta ► PARTICIPAR   Fecha 15/03/2021 Horario de 12:00 a 13:30 h Lugar WEBINAR Plazas Limitadas Inscripción On-line Precio Gratuito   QUIERO INSCRIBIRME   Programa 12.00 h – 12.10 h Presentación del acto A cargo de Josep Navarro, vicepresidente del CAFBL. 12.10 h – 12.15 h Presentación de los objetivos de la jornada y el motivo por el que se impulsa A cargo de Cristina Castells, directora de la Agencia de la Energía. 12.15 h – 13.00 h Casos de éxito y ponencias A cargo de Imma Barrau, asesora de ingeniería del CAFBL; Francisco Gallardo, administrador de fincas y Rafael Ruiz-Cabrero, representante de Adymus. 13.00 h – 13.10 h Herramientas y ayudas que ofrece el Ayuntamiento de Barcelona para promover el autoconsumo A cargo de Elisabet Gallardo e Irma Soldevilla, técnicas del Servicio de Información al Autoconsumo de la Agencia de Energía de Barcelona 13.10 h – 13.30 h Turno abierto de palabras y clausura   Presentación Sr. Josep Navarro, vicepresidente del CAFBL Ponentes Dª. Imma Barrau, asesora de ingeniería del CAFBL Dª. Cristina Castells, directora de la Agencia de la Energía Sras. Elisabet Gallardo e Irma Soldevilla, técnicas del Servicio de Información al Autoconsumo de la Agencia de Energía de Barcelona SR. Francisco Gallardo, administrador de fincas SR. Rafael Ruiz-Cabrero, representante de Adymus   Para poder recoger dudas y necesidades concretas de los administradores de fincas para adaptar las herramientas actuales a tus necesidades, necesitamos tu participación en esta breve encuesta: Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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Webinar: Mujeres profesionales durante la Covid-19

Con motivo del Día Internacional de la Mujer, el Colegio organizará el webinar “Mujeres profesionales durante la Covid-19” que tendrá lugar el próximo viernes 12 de marzo a las 11:00 h. Fecha 12/03/2021 Horario de 11:00 a 12:00 h Lugar WEBINAR Plazas Limitadas Inscripción On-line Precio Gratuito QUIERO INSCRIBIRME Si no eres Administrador/a de Fincas colegiado/a, también te puedes inscribir!! Pulsa en el siguiente ENLACE . En este acto se explicarán los puntos de vista de diferentes mujeres relacionadas con el mundo de la vivienda sobre cómo han vivido el confinamiento por la Covid-19. Mujeres profesionales, madres que han tenido que cuidar de sus hijos, casos de vulnerabilidad y violencia de género… Éstas y otras situaciones tendrán cabida en este interesante webinar. Programa Los hogares inquilinos vulnerables, a cargo de Dª. Carme Trilla Violencia machista y pandemia: cómo ha afectado a la COVID-19 a la violencia hacia las mujeres, a cargo de Dª. Laura Martínez La organización de los despachos y las comunidades en tiempos de COVID-19, a cargo de Dª. Mercedes Blanco   Ponentes Carme Trilla , presidenta de la O-HB y de Fundació Hàbitat3 Laura Martínez , presidenta del Instituto Catalán de la Mujer Mercedes Blanco , Administradora de Fincas colegiada ¡Te esperamos! Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA LOS DECRETOS LEY 17/2019 Y 1/2020 DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Se ha hecho pública la Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de enero de 2021, sobre el recurso 2577/2020 contra los Decretos ley 17/2019 y 1/2020 de la Generalidad de Cataluña ( enlace a la Sentencia TC 28/1/2021 ) . A continuación, te indicamos los puntos más relevantes de las principales decisiones del Tribunal que tienen efectos sobre nuestro colectivo. Pulsa en este enlace para acceder al breve resumen y además, a una Tabla sobre los preceptos impugnados y en el caso de los declarados inconstitucionales cuál es su consecuencia. Primero : La inconstitucionalidad es analizada exclusivamente por aspectos formales de la regulación. Segundo : La anulación de los nuevos supuestos y la prórroga del contrato de alquiler social obligatorio. Tercero : La vigencia de todas las definiciones de gran tenedor. Cuarto : La constitucionalidad de la nueva definición de vivienda vacía aunque esté ocupada. Quinto : Sobre el índice de referencia Sexto : La constitucionalidad de la obligación de VPO en suelo consolidado.   ACLARACIONES SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA LOS DECRETOS LEY 17/2019 Y 1/2020 Tal y como informamos en la circular AS0010/2021, de 9 de febrero, la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 28 de enero 2021, únicamente declara la inconstitucionalidad, es decir, la nulidad de diferentes artículos, de los siguientes Decretos Ley dictados por la Generalidad de Cataluña: DECRETO LEY 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda. DECRETO LEY 1/2020, de 21 de enero, por el que se modifica el Decreto Ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda. Esta sentencia NO AFECTA en absoluto a la LEY 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de CONTENCIÓN DE RENTAS en los contratos de arrendamiento de vivienda. Consecuentemente, sigue vigente la obligación de determinar la renta inicial de los contratos de arrendamiento de viviendas situados en áreas con mercado de vivienda tenso, en función del Índice de Referencia de precios de alquiler y siguiendo la normativa establecida en esta ley . En relación con la LEY 11/2020 sobre CONTENCIÓN DE RENTAS, te informamos que el Tribunal Constitucional, en fecha 28 de enero de 2021, admitió a trámite el Recurso de Inconstitucionalidad contra los artículos 2, 2.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1 16.2 y 18 y contra las Disposiciones Adicionales 1a y 4a de esta norma, presentado por el PARTIDO POPULAR. Este Recurso seguirá su trámite y, en el momento en que se dicte sentencia, te informaremos puntualmente. Mientras, sigue totalmente vigente y tenemos la obligación de determinar la renta de las viviendas en función de su normativa . Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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ELECCIONES EN EL PARLAMENTO DE CATALUÑA 2021

Según la Orden TSF/19/2021 , de 27 de enero (DOGC 29/01/2021) por la que se establecen instrucciones para la participación en las elecciones al Parlamento de Cataluña del 14 de febrero de 2021, pasamos a resumir te sus artículos: Permiso para las personas que el día de las elecciones coincida con su jornada laboral Permiso de los miembros de mesa electoral o de interventores para los que el día de las elecciones sea coincidente con su jornada laboral Permiso de los miembros de mesa electoral o de interventores que el día de las elecciones disfrutan del descanso semanal Permiso de los apoderados para los que las elecciones coincidan con su jornada laboral Posibilidad de cambio de turno Cálculo del salario Permiso para formular la solicitud de certificación para ejercitar el voto por correo Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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El CAFBL y el CONSEJO DE COLEGIOS DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE CATALUÑA denuncian ante la Fiscalía a la organización política juvenil ARRAN por la elaboración y difusión pública de un manual de okupación

Te comunicamos que en el día de hoy se ha presentado una denuncia en la Fiscalía contra la organización ARRAN, y las personas que puedan ser responsables, por la elaboración de un manual de okupación. La organización denominada “ARRAN” ha elaborado y difundido públicamente el “Librito de okupación”, un manual con fines didácticos para realizar ocupaciones ilegales de fincas, que constituye una manifiesta instigación a delinquir y una patente apología del delito , contemplado en el artículo 18 del Código Penal, en relación con diferentes tipificaciones delictivas. El manual, que ya está circulando a través de Internet y de las redes sociales (se puede consultar en este enlace ), consta de 100 páginas llenas de infografías, entrevistas con experiencias, consejos y asesoramiento jurídico. Se explica al detalle qué herramientas son necesarias para forzar una puerta, para hacer empalmes en el suministro eléctrico o para manipular los contadores de agua. Además de cómo actuar ante la aparición de los agentes de la autoridad. Sin duda, se trata de un documento que incita a la delincuencia ya la provocación de delitos de diferente índole, contemplados en el artículo 18 del Código Penal : a) Con el manual se incita directamente a la comisión de delitos, b) De forma idónea, y, además, realizada en redes sociales y medios de difusión c) Y, por tanto, con carácter público. Consideramos que la elaboración de este “Manual” por parte de la entidad firmante, así como su difusión pública, puede tener consecuencias penales propias de una organización criminal , en los términos tipificados en el artículo 570 bis y siguientes del Código Penal. Por este motivo, hemos solicitado a la FISCALÍA que, de forma urgente, se acuerden las diligencias necesarias para la identificación de los autores responsables de la organización ya todos los que hayan apoyado la edición y difusión del referido “ Manual”, pidiendo las consecuencias penales que correspondan a todos ellos. Consideramos que las corporaciones públicas representativas de los profesionales y de las empresas de nuestro sector no pueden mantenerse impasibles ante los graves perjuicios que se están provocando a la propiedad, a las comunidades, a los vecinos ya la ciudadanía en general, por unos hechos cada vez más alarmantes y, por ello, consideramos que es necesario instar a las autoridades públicas para que actúen en defensa de la legalidad y en defensa de la protección del interés común. Esperamos tener una respuesta de la Fiscalía para que se actúe decididamente contra ésta y cualquier otra organización y responsables con la misma finalidad. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo

Te informamos que el pasado 27 de enero se publicó en el BOE y entró en vigor el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo . Este Decreto básicamente establece medidas de carácter laboral, pero en la DISPOSICIÓN FINAL 8ª establece unas medidas que afectan al ámbito de los arrendamientos de viviendas y que modifican el Real Decreto Ley 11/2020 de 31 de marzo . Concretamente modifica: El artículo 2 del RDL 11/2020 que se refiere a la Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual estableciendo que: Mantiene la posibilidad de que el arrendatario pueda solicitar una prórroga extraordinaria de 6 meses del contrato de arrendamiento ampliando el plazo para pedir la prórroga hasta la finalización del estado de alarma (en principio, hasta el 9 de mayo del 2021 si no se vuelve a prorrogar). El arrendatario sólo podrá solicitar una única prórroga extraordinaria de 6 meses. Es decir, únicamente podrán solicitar esta prórroga del arrendamiento los arrendatarios de contratos posteriores al 1 de enero de 1995, que no lo hayan solicitado anteriormente. También se modifica el apartado A del artículo 4 del RDL 11/2020: Los arrendatarios en situación de vulnerabilidad social podrán solicitar hasta la finalización del estado de alarma al arrendador GRAN TENDEDOR ( persona física o jurídica titular de más de 10 inmuebles urbanos o de una superficie de 1.500 m² ), un aplazamiento temporal y extraordinario del pago de la renta, siempre y cuando, de mutuo acuerdo y de forma voluntaria, las partes no hubieran pactado previamente un aplazamiento o condonación parcial o total de la renta. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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