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RESOLUCIÓN SLT/1840/2021: Piscinas comunitarias

El pasado 12 de junio se publicó la RESOLUCIÓN SLT/1840/2021, de 11 de junio, por la que se prorrogan y modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID- 19 en el territorio de Cataluña , y en el artículo 9.5 habla de las piscinas con información actualizada. Sigue, de momento, no habiendo ninguna resolución que haga alusión directa o indirecta a las piscinas y mucho menos a las comunitarias, por lo que debe acogerse a los planes de acción sectorial y protocolos organizativos en función de las diferentes actividades económicas, profesionales y de servicios que dicten las autoridades. Como medidas cautelares de índole sanitaria y de prevención de la Covid-19, y a la espera de que se pronuncien las autoridades sanitarias, se recomienda para la apertura de piscinas: El aforo de la piscina no deberá superar el 70% tomando en consideración lo que marca el artículo 9.5, pudiéndose llevar a cabo actividades grupales. En espacios cerrados siempre que se acredite el cumplimiento de las condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas, se pueden realizar actividades grupales de más de 10 personas con el límite del aforo al 70% y el uso de mascarilla (excepto en la piscina). En los supuestos de que no haya una ventilación y calidad de aires reforzadas en espacios cerrados, se pueden llevar a cabo siempre que no concentren a más de 10 personas, incluida la persona profesora o monitora. Garantizar la distancia física interpersonal de seguridad en el uso de las zonas colindantes al vaso de la piscina e incluso dentro del agua. Disponer de soluciones y geles hidroalcohólicos de desinfección. Utilizar la mascarilla en los desplazamientos de entrada y salida en el recinto. Se permite el uso de vestuarios siempre que sea necesario para los usuarios y con carácter preferente para los usuarios de piscinas y acondicionado a garantizar específicamente la ventilación mínima establecida en la normativa. Evitar la concentración de personas de distintas burbujas, sin formar grupos de más de 10 individuos o del número que las autoridades posibiliten en las próximas semanas. Mantener la distancia física interpersonal (aplicable también a los bañistas) de 1,5 metros , con el equivalente a un espacio de seguridad de 2,5 m² entre personas no convivientes . Estas medidas básicas podrán variar en función de las resoluciones que dicten las autoridades sanitarias. Te adjuntamos una infografía con la información actualizada sobre las piscinas comunitarias, que te puede resultar muy útil para tus clientes.

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No te pierdas la entrevista que realizamos en Sor Lucía Caram

Hace unos días te informamos sobre el convenio de colaboración del CAFBL con el proyecto «Pisos de Acogida» de la Fundación del Convent de Santa Clara. Ese mismo día, entrevistamos a Sor Lucía Caram , la directora de la Fundación, quien visitó la sede del Colegio para formalizar la firma con nuestro presidente, Enrique Vendrell. El objetivo de la entrevista era conocer de primera mano el proyecto y otras importantes tareas que llevan a cabo desde la Fundación. Te invitamos a ver esta entrevista, que encontrarás en nuestro canal de Youtube . Puedes acceder directamente desde el siguiente botón:

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Revista CONSEJO 127

Nos complace enviarte el último número de la revista profesional CONSELL que en breve recibirás por correo ordinario. Además, te invitamos a echar un vistazo a la nueva hemeroteca donde podrás consultar fácilmente toda la información de todos los números de las revistas.

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ENCUENTRO OSONA

Nos vemos ……. Tal y como te informaron en otra circular, estamos preparando una jornada de trabajo para el 18 de junio. Será un encuentro algo distinto, por medios telemáticos, sólo necesitas un ordenador, tableta o móvil. El plan de la jornada es el siguiente: Día : 18 de junio de 2021 Digital: vía TEAMS Pro grama : de 10.30ha 12.30h 1. VERTICAL // Ponentes: SR. Rubén Llach y SR. Josep Genescà. a. Limitación precio del alquiler b. Locales situación actual 2. HORIZONTAL // Ponentes: Dª. Pilar Gracia y Dª. Carmen Gil. a. Adopción de acuerdos sin reunión b. Juntas CP por Zoom 3. COCHES ELÉCTRICOS Y PLACAS SOLARES // Ponentes: SR. Jaume Facerias y SR. Víctor Tapiol. 4. PRESENTACIÓN DE LA WEB DEL COLEGIO por parte del sr. Víctor Forns, informático del Colegio. Se ruega confirmar asistencia → comarques@cafbl.cat Si quieres tratar algún tema en concreto o alguna cuestión que te preocupe, debes enviarlo previamente vía correo electrónico a comarques@cafbl.cat . Te recordamos que las plazas son limitadas. El enlace para conectarte lo recibirás el 17 de junio.

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XXII Congreso Nacional de Administradores de Fincas Málaga 2022

El presidente de la Comisión CNAF Málaga 2022 nos ha enviado el correo electrónico adjunto que consideramos es de tu interés. “El próximo 18 de junio, a las 17:00 horas, presentaremos el Congreso Nacional de Administradores de Fincas (CNAF2022). Este acto estará presidido por: D. Salvador Díez Lloris. Presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) D. Manuel Jiménez Caro. Presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla. El evento se emitirá online a través del siguiente enlace: https://youtu.be/LtiwKz5LSb0 El acceso será gratuito y no requerirá inscripción previa. Además, para complementar la presentación, se ofrecerá el taller “Claves para la comunicación, oratoria y hablar en público” impartido por Manuel Herrador, experto en comunicación oral. Esperando contar con su asistencia. Presidente Comisión CNAF2022 Colegio de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla»

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GUÍA BCN NUNCA PARA: “82 medidas para la reactivación económica de Barcelona”

Te informamos que recientemente el Ayuntamiento de Barcelona ha publicado la nueva guía práctica de servicios BCN MAI S’ATURA “82 medidas para la reactivación económica de Barcelona” que reúne buena parte de los recursos que la ciudad ofrece para minimizar los efectos de la crisis provocada por la Covid-19, apoyando a personas trabajadoras, a la pequeña economía ya las empresas. Estas medidas incluyen subvenciones, ayudas económicas, programas formativos, asesoramiento, campañas de promoción y cambios normativos. Puedes descargarte la guía directamente desde este ENLACE .

Apariciones en medios, Televisión

Todo por la herencia

La familia, una bendición o una cruz Obrim fil abordó sobradamente las relaciones familiares y los tipos de familia que tenemos en nuestra sociedad. Escribía Tolstoi a Ana Karenina que » todas las familias felices se parecen; cada familia infeliz lo es a su manera ¿» y Xavier Sardà y Ana Boadas buscan profundizar en cómo consideramos a nuestra familia, si una red necesaria o una estorbo prescindible y si tenemos que soportar la que nos ha tocado o podemos desentendernos. Para hablar de ello, el programa invitó al escritor y presentador de RTVE Boris Izaguirre , que condujo, entre otros el programa » Lazos de sangre » dedicado a las grandes estirpes familiares españolas. Boris , el del medio de tres hermanos, habló de su familia, poniendo especial énfasis en su hermana pequeña, Valentina, con la que estuvo años peleado y sin hablarse y que fue, justamente, en un programa de TVE , MásterChe f, donde se reconciliaron. También recordó algunos de los momentos más divertidos de su niñez y adolescencia en Caracas , con los curiosos enfrentamientos con su hermana Valentina, a la que llegó, no sólo a robar la ropa, sino también a robarle algún «novio» que tenía ella y que acabó pasando por el cuarto de él. Al programa también acudió Josep Maria Aguilà , abogado y administrador de fincas, con una larga experiencia en la redacción y gestión de testamentos ante notario . Durante el transcurso de la entrevista con Xavier Sardà explicó varios casos de situaciones divertidas, tensas o esperpénticas relacionadas con herencias y testamentos. VER LA ENTREVISTA COMPLETA A JOSÉ MARÍA AGUILÁ, ASESOR JURÍDICO DEL COLEGIO: https://www.rtve.es/alacarta/videos/obrim-fil/tot-per-lherencia/5928198/

Apariciones en medios, Prensa

Estas son las medidas anticóvido que deben cumplirse en las piscinas comunitarias en cada CCAA

Andalucía Baleares Canarias Castilla y León Cataluña Comunidad Valenciana Galicia Madrid Murcia País Vasco Este verano las piscinas comunitarias seguirán con una normativa anticóvido obligatoria para todos los vecinos, pese a que el número de contagios y muertes por cóvido-19 está disminuyendo considerablemente, gracias al avance de la vacunación. Pero las distintas comunidades autónomas no bajan la guardia y sean alertando de la importancia de cumplir ciertas medidas, como una mínima distancia de seguridad o el uso obligatorio de la mascarilla. Repasamos de la mano del Consejo General Colegios de Administradores de Fincas de España la normativa vigente en las siguientes comunidades autónomas con una normativa aprobada para este verano 2021: Andalucía La Consejería de Sanidad de la Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de 7 de mayo , las nuevas normas y restricciones que tendrán que cumplir este verano las piscinas de uso recreativo existentes en las comunidades de propietarios. La situación de las piscinas en comunidades de propietarios se verá afectada, según el nivel de alerta que establezca la Junta para cada población. Estas son las medidas recogidas en el documento oficial: Sin perjuicio de aplicación de las normas técnico-sanitarias vigentes, en las piscinas de uso colectivo deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños con carácter previo a la apertura de cada jornada. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, con los siguientes aforos máximos, según los siguientes niveles de alerta: En el nivel de alerta 1, hasta el 100% tanto en piscinas al aire libre y en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 2, hasta el 100% al aire libre y el 75% en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 3, hasta el 75% en piscinas al aire libre y 50% en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 4, hasta el 50% en piscinas al aire libre y 30% en piscinas interiores, del aforo permitido. Deberán limpiarse y desinfectarse los diferentes equipos y materiales como vasos, corcheras, material auxiliar de clases, reja perimetral, botiquín de primeros auxilios, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación. Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquéllos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V de Reglamento (UE) núm. 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Asimismo, podrán utilizarse desinfectantes como diluciones de ley 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentren en el mercado y que estén debidamente autorizados y registrados. El uso y limpieza de los aseos se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el párrafo a) del artículo 8. En la utilización de las piscinas se procurará mantener las debidas medidas de seguridad y protección, especialmente en la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En las zonas de estancia de las piscinas se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria. Se recordará a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el cóvido-19. En el caso de que en las instalaciones se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación del servicio se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración, sin perjuicio del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención contempladas en esta orden. Baleares En Las Islas Baleares todos los ciudadanos deberán respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19 y adoptarán las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a este riesgo. Se adoptarán las medidas de protección individual y colectiva fundamentadas en lo siguiente: La higiene frecuente de manos. La higiene de síntomas respiratorios (evitar toser directamente al aire, taparse la boca con la cara interna del antebrazo en dichos casos y evitar tocarse cara, nariz y ojos). El mantenimiento de grupos de convivencia habitual lo más estables posible, minimizando los contactos sociales diarios para evitar la multiplicación de posibles cadenas de transmisión. La distancia física interpersonal de seguridad de como mínimo metro y medio entre personas no convivientes. Se recomienda aumentar esta distancia siempre que sea posible, especialmente en espacios cerrados con insuficiente ventilación o cuando se realicen actividades relacionadas con una mayor producción de gotas y aerosoles respiratorios, tales como cantar, practicar ejercicio o gritar. El uso de mascarilla, salvo menores de 6 años y personas con problemas de dificultad respiratoria. El uso de mascarilla no será obligatorio durante la práctica de actividad física intensa o moderada, actividades acuáticas o uso de instrumentos musicales de viento. Se recomienda el uso de mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando haya reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aunque pueda garantizarse la distancia de seguridad. La preferencia por los espacios al aire libre para la realización de actividades. La correcta ventilación de espacios cerrados y la limpieza y desinfección de superficies. Canarias La Consejería de Sanidad de Canarias ha publicado ya el protocolo sanitario para evitar la transmisión del coronavirus en las piscinas comunitarias , de casas rurales, de colegios mayores o similares. Las medidas sanitarias preventivas

Notas de prensa

El sector inmobiliario interpela a las fuerzas parlamentarias catalanas con 12 propuestas de acción en políticas públicas de vivienda

Barcelona, ​​1 de junio de 2021 – El Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, el Consejo de Colegios de Administradores de Fincas de Cataluña, el Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña, el Asociación de Promotores y Constructores de Edificios de Cataluña, el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona y provincia, la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña y el Consejo de Colegios oficiales de Agentes de la Propiedad inmobiliaria de Cataluña han elaborado un pliego de propuestas de acción de Gobierno en materia de políticas públicas de vivienda ahora que se inicia una nueva legislatura. El documento enviado a todas las fuerzas políticas catalanas con representación parlamentaria responde al espíritu de satisfacer el derecho a la vivienda, que es sin duda uno de los principales problemas no resuelto adecuadamente y que precisa de la concentración de todas las partes actoras para encontrar las mejores y más diversas soluciones. Cabe destacar que la mayoría de las medidas aprobadas durante esta última década, tanto por parte del Estado como de las Comunidades Autónomas, comportan obligaciones de gran impacto por los privados. Siendo éstos los que acaban asumiendo la responsabilidad de la ejecución de políticas asistenciales propias de la Administración. Por eso las doce propuestas de acción planteadas a los grupos políticos que configuran el Parlamento de Cataluña quieren corregir esta situación. La primera actuación va encaminada a crear y asegurar un marco regulador estable que ofrezca seguridad jurídica a todas las partes , que al mismo tiempo permita la celebración de las actuaciones de inversión en el sector de la construcción residencial de forma sostenible. La segunda, tiene el foco en las preasignaciones presupuestarias para las políticas de vivienda, que deben incrementar su peso en el presupuesto catalán hasta el 1,5% del PIB. En definitiva, se pretende que a largo plazo se garantice un incremento suficiente de los recursos de la Generalidad en materia de vivienda. La tercera acción es impulsar un acuerdo de colaboración público-privado para el relanzamiento sostenible de la promoción de vivienda nueva . Se plantea un acuerdo plurianual entre el sector y la Administración, que establezca los canales y medidas de colaboración para la promoción de vivienda a precio asequible y social. En este sentido, sería absolutamente necesario alcanzar ciclos de promoción de hasta 25.000 viviendas al año de diversa tipología, libres y protegidas, en régimen de acceso en alquiler, venta, derecho de superficie y cesión de uso o copropiedad. Alcanzar esta cifra de viviendas significaría una generación de más de 60.000 puestos de trabajo y una recaudación fiscal para el conjunto de las Administraciones superior a los 1.500 millones de euros. En cuanto a la cuarta acción, la protagonista sería la movilización del suelo reservado para destinar a vivienda asequible y social , evaluando cuáles son las actuaciones más eficientes para acelerar la creación de una numerosa oferta de este tipo de vivienda. La quinta actuación plantea que la Administración desarrolle instrumentos no coercitivos para avanzar hacia el derecho subjetivo de la vivienda online al implantado en Francia o en el País Vasco. Desde la acción pública, sin interferir ni ir en detrimento de los derechos de los titulares del parque de viviendas privadas, deberían buscarse fórmulas y recursos suficientes para proporcionar el techo adecuado a aquellos colectivos de la población con mayores dificultades para acceder a una vivienda. Las líneas de apoyo de acceso a una vivienda nueva configuraría la propuesta de acción sexta, que no sólo iría a remolque de lo que pueda establecer el Plan de Vivienda Estatal, sino a disponer de líneas propias con cargo a los presupuestos de la Generalitat de Cataluña. Los fondos europeos Next Generation EU son una oportunidad para todo el sector y también para el ciudadano para reactivar la construcción residencial ante la incertidumbre del impacto sobre la economía que conlleva el escenario post-Covid. Precisamente, la séptima acción sería facilitar la aplicación de estos fondos en el ámbito de la construcción residencial. Le seguiría la actuación octava fundamentada en la adopción de medidas de simplificación administrativa y al ganar agilidad por parte de la Administración . La acción novena sería modificar las imposiciones a los propietarios realizadas por la Ley 24/2015 y los Decretos ley 17/2019 y 1/2020 . En este sentido, se propone abrir un diálogo con el Gobierno sobre la definición de gran tenedor, el alquiler social obligatorio, la viabilidad de las actuaciones de promoción urbanística y la protección frente a la ocupación ilegal de viviendas. La fórmula escogida por el legislativo catalán para intentar contener las rentas de alquiler es considerada contraproducente por la generación del propio alquiler . De hecho, la interpretación de la ley afecta a los contratos firmados entre los años 1995 y 2015 suponiendo un grave perjuicio para todos aquellos propietarios que han puesto históricamente viviendas de su titularidad en el mercado de alquiler, aumentando objetivamente la posibilidad de que éstos viviendas se retiren de la oferta de mercado de alquiler. Además, la ley hace una inadecuada aplicación del índice de referencia ignorando aspectos esenciales que tienen un peso objetivo en la valoración que debe hacerse del precio de alquiler. Añadir que el impulso por parte del Gobierno de una normativa de alquiler catalana comportará una nueva confrontación competencial , considerando el acuerdo firmado en 2018 entre el Estado y la Generalitat donde se explica que ambos gobiernos coinciden en que cualquier intento de regulación de los arrendamientos urbanos es competencia del Estado. Las actuaciones décima y undécima serían echar atrás estas normativas por los efectos adversos sobre el alquiler y destacar que la estabilidad y la seguridad jurídica en las normas que regulan los contratos de arrendamiento deben tener presente que el objetivo es facilitar el derecho básico de el acceso a la vivienda, respondiendo equilibradamente a las necesidades de propietarios y arrendatarios. La acción duodécima es reclamar a los grupos parlamentarios y muy especialmente al nuevo Gobierno de la Generalidad de Cataluña, que en esta nueva legislatura se ponga en marcha

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Últimas medidas sanitarias que afectan a los Administradores de Fincas

Te comunicamos que desde este pasado lunes 24 de mayo entró en vigor la Resolución SLT/1587/2021, de 21 de mayo , mediante la cual se prorrogan y modifican las medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña adoptadas por la Resolución SLT/1392/2021, de 7 de mayo. Por lo que respecta a las medidas sanitarias que pueden afectar al sector de los Administradores de Fincas, hemos hecho un breve resumen que esperamos que te sea de ayuda en caso de dudas: REUNIONES EN LAS COMUNIDADES: Se amplía el número de asistentes hasta un máximo de DIEZ (10) PERSONAS (hasta ahora eran seis personas como máximo). Sigue suspendida la obligación hasta el 31 de DICIEMBRE de 2021 de convocar y celebrar Juntas de las Comunidades de propietarios . El último Presupuesto anual aprobado se entiende prorrogado hasta la celebración de la Junta Ordinaria, en la que, cuando se realice, debe procederse a la aprobación de las cuentas anteriores ya la renovación de los cargos. La suspensión de la obligación de convocar Juntas de Propietarios, se entiende sin perjuicio de que la comunidad pueda celebrar Juntas a iniciativa del Presidente oa petición de al menos un 20% de los propietarios con derecho a voto y que representen un coeficiente del 20% como al menos. La Juntas de Propietarios se pueden celebrar: PRESENCIALMENTE: máximo 10 personas. TELEMÁTICAMENTE ACUERDOS SIN REUNIÓN PISCINAS COMUNITARIAS: No existe de momento ninguna resolución que haga alusión directa o indirecta a las piscinas y mucho menos a las comunitarias, pero de acuerdo con la normativa vigente, en la actualidad entendemos que las PISCINAS COMUNITARIAS pueden utilizarse siguiendo las siguientes condiciones: Garantizar que no se supere el 50% de su aforo . Mantener la distancia física interpersonal (aplicable también a los bañistas) de 1,5 metros, equivalente a un espacio de seguridad de 2,5 m² entre personas no convivientes. Establecer un control de acceso. Se pueden abrir los vestuarios, siempre y cuando se garantice la ventilación mínima establecida en la normativa vigente. Disponer de soluciones y geles hidroalcohólicos de desinfección. Utilizar la mascarilla en los desplazamientos de entrada y salida en el recinto. Te hemos preparado una infografía recogiendo todas las medidas para las piscinas; la puedes descargar CLICANDO AQUÍ . RESTRICCIONES LOCALES: (afectan por las reducciones de alquileres previstas en el DECRETO LEY 34/2020) RESTAURACIÓN: Aforo interior 50%. Número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas de seis personas tanto en el interior como en terrazas, salvo que pertenezcan a la burbuja de convivencia. Horario apertura: de 06.00 ha 24.00 h. COMERCIOS: Aforo del 50%.

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