Nombre del autor:Marta Agraz

Periodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Apariciones en medios, Prensa

Estas son las medidas anticóvido que deben cumplirse en las piscinas comunitarias en cada CCAA

Andalucía Baleares Canarias Castilla y León Cataluña Comunidad Valenciana Galicia Madrid Murcia País Vasco Este verano las piscinas comunitarias seguirán con una normativa anticóvido obligatoria para todos los vecinos, pese a que el número de contagios y muertes por cóvido-19 está disminuyendo considerablemente, gracias al avance de la vacunación. Pero las distintas comunidades autónomas no bajan la guardia y sean alertando de la importancia de cumplir ciertas medidas, como una mínima distancia de seguridad o el uso obligatorio de la mascarilla. Repasamos de la mano del Consejo General Colegios de Administradores de Fincas de España la normativa vigente en las siguientes comunidades autónomas con una normativa aprobada para este verano 2021: Andalucía La Consejería de Sanidad de la Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de 7 de mayo , las nuevas normas y restricciones que tendrán que cumplir este verano las piscinas de uso recreativo existentes en las comunidades de propietarios. La situación de las piscinas en comunidades de propietarios se verá afectada, según el nivel de alerta que establezca la Junta para cada población. Estas son las medidas recogidas en el documento oficial: Sin perjuicio de aplicación de las normas técnico-sanitarias vigentes, en las piscinas de uso colectivo deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños con carácter previo a la apertura de cada jornada. Deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, con los siguientes aforos máximos, según los siguientes niveles de alerta: En el nivel de alerta 1, hasta el 100% tanto en piscinas al aire libre y en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 2, hasta el 100% al aire libre y el 75% en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 3, hasta el 75% en piscinas al aire libre y 50% en piscinas interiores, del aforo permitido. En el nivel de alerta 4, hasta el 50% en piscinas al aire libre y 30% en piscinas interiores, del aforo permitido. Deberán limpiarse y desinfectarse los diferentes equipos y materiales como vasos, corcheras, material auxiliar de clases, reja perimetral, botiquín de primeros auxilios, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación. Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquéllos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V de Reglamento (UE) núm. 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Asimismo, podrán utilizarse desinfectantes como diluciones de ley 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentren en el mercado y que estén debidamente autorizados y registrados. El uso y limpieza de los aseos se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el párrafo a) del artículo 8. En la utilización de las piscinas se procurará mantener las debidas medidas de seguridad y protección, especialmente en la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En las zonas de estancia de las piscinas se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria. Se recordará a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el cóvido-19. En el caso de que en las instalaciones se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, la prestación del servicio se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración, sin perjuicio del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención contempladas en esta orden. Baleares En Las Islas Baleares todos los ciudadanos deberán respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19 y adoptarán las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a este riesgo. Se adoptarán las medidas de protección individual y colectiva fundamentadas en lo siguiente: La higiene frecuente de manos. La higiene de síntomas respiratorios (evitar toser directamente al aire, taparse la boca con la cara interna del antebrazo en dichos casos y evitar tocarse cara, nariz y ojos). El mantenimiento de grupos de convivencia habitual lo más estables posible, minimizando los contactos sociales diarios para evitar la multiplicación de posibles cadenas de transmisión. La distancia física interpersonal de seguridad de como mínimo metro y medio entre personas no convivientes. Se recomienda aumentar esta distancia siempre que sea posible, especialmente en espacios cerrados con insuficiente ventilación o cuando se realicen actividades relacionadas con una mayor producción de gotas y aerosoles respiratorios, tales como cantar, practicar ejercicio o gritar. El uso de mascarilla, salvo menores de 6 años y personas con problemas de dificultad respiratoria. El uso de mascarilla no será obligatorio durante la práctica de actividad física intensa o moderada, actividades acuáticas o uso de instrumentos musicales de viento. Se recomienda el uso de mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando haya reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aunque pueda garantizarse la distancia de seguridad. La preferencia por los espacios al aire libre para la realización de actividades. La correcta ventilación de espacios cerrados y la limpieza y desinfección de superficies. Canarias La Consejería de Sanidad de Canarias ha publicado ya el protocolo sanitario para evitar la transmisión del coronavirus en las piscinas comunitarias , de casas rurales, de colegios mayores o similares. Las medidas sanitarias preventivas

Notas de prensa

El sector inmobiliario interpela a las fuerzas parlamentarias catalanas con 12 propuestas de acción en políticas públicas de vivienda

Barcelona, ​​1 de junio de 2021 – El Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, el Consejo de Colegios de Administradores de Fincas de Cataluña, el Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña, el Asociación de Promotores y Constructores de Edificios de Cataluña, el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona y provincia, la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña y el Consejo de Colegios oficiales de Agentes de la Propiedad inmobiliaria de Cataluña han elaborado un pliego de propuestas de acción de Gobierno en materia de políticas públicas de vivienda ahora que se inicia una nueva legislatura. El documento enviado a todas las fuerzas políticas catalanas con representación parlamentaria responde al espíritu de satisfacer el derecho a la vivienda, que es sin duda uno de los principales problemas no resuelto adecuadamente y que precisa de la concentración de todas las partes actoras para encontrar las mejores y más diversas soluciones. Cabe destacar que la mayoría de las medidas aprobadas durante esta última década, tanto por parte del Estado como de las Comunidades Autónomas, comportan obligaciones de gran impacto por los privados. Siendo éstos los que acaban asumiendo la responsabilidad de la ejecución de políticas asistenciales propias de la Administración. Por eso las doce propuestas de acción planteadas a los grupos políticos que configuran el Parlamento de Cataluña quieren corregir esta situación. La primera actuación va encaminada a crear y asegurar un marco regulador estable que ofrezca seguridad jurídica a todas las partes , que al mismo tiempo permita la celebración de las actuaciones de inversión en el sector de la construcción residencial de forma sostenible. La segunda, tiene el foco en las preasignaciones presupuestarias para las políticas de vivienda, que deben incrementar su peso en el presupuesto catalán hasta el 1,5% del PIB. En definitiva, se pretende que a largo plazo se garantice un incremento suficiente de los recursos de la Generalidad en materia de vivienda. La tercera acción es impulsar un acuerdo de colaboración público-privado para el relanzamiento sostenible de la promoción de vivienda nueva . Se plantea un acuerdo plurianual entre el sector y la Administración, que establezca los canales y medidas de colaboración para la promoción de vivienda a precio asequible y social. En este sentido, sería absolutamente necesario alcanzar ciclos de promoción de hasta 25.000 viviendas al año de diversa tipología, libres y protegidas, en régimen de acceso en alquiler, venta, derecho de superficie y cesión de uso o copropiedad. Alcanzar esta cifra de viviendas significaría una generación de más de 60.000 puestos de trabajo y una recaudación fiscal para el conjunto de las Administraciones superior a los 1.500 millones de euros. En cuanto a la cuarta acción, la protagonista sería la movilización del suelo reservado para destinar a vivienda asequible y social , evaluando cuáles son las actuaciones más eficientes para acelerar la creación de una numerosa oferta de este tipo de vivienda. La quinta actuación plantea que la Administración desarrolle instrumentos no coercitivos para avanzar hacia el derecho subjetivo de la vivienda online al implantado en Francia o en el País Vasco. Desde la acción pública, sin interferir ni ir en detrimento de los derechos de los titulares del parque de viviendas privadas, deberían buscarse fórmulas y recursos suficientes para proporcionar el techo adecuado a aquellos colectivos de la población con mayores dificultades para acceder a una vivienda. Las líneas de apoyo de acceso a una vivienda nueva configuraría la propuesta de acción sexta, que no sólo iría a remolque de lo que pueda establecer el Plan de Vivienda Estatal, sino a disponer de líneas propias con cargo a los presupuestos de la Generalitat de Cataluña. Los fondos europeos Next Generation EU son una oportunidad para todo el sector y también para el ciudadano para reactivar la construcción residencial ante la incertidumbre del impacto sobre la economía que conlleva el escenario post-Covid. Precisamente, la séptima acción sería facilitar la aplicación de estos fondos en el ámbito de la construcción residencial. Le seguiría la actuación octava fundamentada en la adopción de medidas de simplificación administrativa y al ganar agilidad por parte de la Administración . La acción novena sería modificar las imposiciones a los propietarios realizadas por la Ley 24/2015 y los Decretos ley 17/2019 y 1/2020 . En este sentido, se propone abrir un diálogo con el Gobierno sobre la definición de gran tenedor, el alquiler social obligatorio, la viabilidad de las actuaciones de promoción urbanística y la protección frente a la ocupación ilegal de viviendas. La fórmula escogida por el legislativo catalán para intentar contener las rentas de alquiler es considerada contraproducente por la generación del propio alquiler . De hecho, la interpretación de la ley afecta a los contratos firmados entre los años 1995 y 2015 suponiendo un grave perjuicio para todos aquellos propietarios que han puesto históricamente viviendas de su titularidad en el mercado de alquiler, aumentando objetivamente la posibilidad de que éstos viviendas se retiren de la oferta de mercado de alquiler. Además, la ley hace una inadecuada aplicación del índice de referencia ignorando aspectos esenciales que tienen un peso objetivo en la valoración que debe hacerse del precio de alquiler. Añadir que el impulso por parte del Gobierno de una normativa de alquiler catalana comportará una nueva confrontación competencial , considerando el acuerdo firmado en 2018 entre el Estado y la Generalitat donde se explica que ambos gobiernos coinciden en que cualquier intento de regulación de los arrendamientos urbanos es competencia del Estado. Las actuaciones décima y undécima serían echar atrás estas normativas por los efectos adversos sobre el alquiler y destacar que la estabilidad y la seguridad jurídica en las normas que regulan los contratos de arrendamiento deben tener presente que el objetivo es facilitar el derecho básico de el acceso a la vivienda, respondiendo equilibradamente a las necesidades de propietarios y arrendatarios. La acción duodécima es reclamar a los grupos parlamentarios y muy especialmente al nuevo Gobierno de la Generalidad de Cataluña, que en esta nueva legislatura se ponga en marcha

Actualidad

Últimas medidas sanitarias que afectan a los Administradores de Fincas

Te comunicamos que desde este pasado lunes 24 de mayo entró en vigor la Resolución SLT/1587/2021, de 21 de mayo , mediante la cual se prorrogan y modifican las medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña adoptadas por la Resolución SLT/1392/2021, de 7 de mayo. Por lo que respecta a las medidas sanitarias que pueden afectar al sector de los Administradores de Fincas, hemos hecho un breve resumen que esperamos que te sea de ayuda en caso de dudas: REUNIONES EN LAS COMUNIDADES: Se amplía el número de asistentes hasta un máximo de DIEZ (10) PERSONAS (hasta ahora eran seis personas como máximo). Sigue suspendida la obligación hasta el 31 de DICIEMBRE de 2021 de convocar y celebrar Juntas de las Comunidades de propietarios . El último Presupuesto anual aprobado se entiende prorrogado hasta la celebración de la Junta Ordinaria, en la que, cuando se realice, debe procederse a la aprobación de las cuentas anteriores ya la renovación de los cargos. La suspensión de la obligación de convocar Juntas de Propietarios, se entiende sin perjuicio de que la comunidad pueda celebrar Juntas a iniciativa del Presidente oa petición de al menos un 20% de los propietarios con derecho a voto y que representen un coeficiente del 20% como al menos. La Juntas de Propietarios se pueden celebrar: PRESENCIALMENTE: máximo 10 personas. TELEMÁTICAMENTE ACUERDOS SIN REUNIÓN PISCINAS COMUNITARIAS: No existe de momento ninguna resolución que haga alusión directa o indirecta a las piscinas y mucho menos a las comunitarias, pero de acuerdo con la normativa vigente, en la actualidad entendemos que las PISCINAS COMUNITARIAS pueden utilizarse siguiendo las siguientes condiciones: Garantizar que no se supere el 50% de su aforo . Mantener la distancia física interpersonal (aplicable también a los bañistas) de 1,5 metros, equivalente a un espacio de seguridad de 2,5 m² entre personas no convivientes. Establecer un control de acceso. Se pueden abrir los vestuarios, siempre y cuando se garantice la ventilación mínima establecida en la normativa vigente. Disponer de soluciones y geles hidroalcohólicos de desinfección. Utilizar la mascarilla en los desplazamientos de entrada y salida en el recinto. Te hemos preparado una infografía recogiendo todas las medidas para las piscinas; la puedes descargar CLICANDO AQUÍ . RESTRICCIONES LOCALES: (afectan por las reducciones de alquileres previstas en el DECRETO LEY 34/2020) RESTAURACIÓN: Aforo interior 50%. Número máximo de comensales por mesa o agrupación de mesas de seis personas tanto en el interior como en terrazas, salvo que pertenezcan a la burbuja de convivencia. Horario apertura: de 06.00 ha 24.00 h. COMERCIOS: Aforo del 50%. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Actualidad

Convenio de colaboración con la Fundación del Convento de Santa Clara

Te comunicamos que ayer recibimos en nuestra sede a Sor Lucía Caram, con quien se formalizó la firma del convenio de colaboración del CAFBL con el proyecto «Pisos de Acogida» de la Fundación del Convent de Santa Clara. Con esta colaboración, desde el CAFBL hemos contribuido con el alquiler anual de un piso cedido a la Fundación, para alojar a familias o personas solas con riesgo de exclusión social, a las que de forma temporal, se les ayuda a superar la situación en la que se encuentran. Si tienes interés en colaborar directamente con la Fundación, de forma individual, puedes consultar aquí todos los proyectos y ámbitos en los que están trabajando actualmente y para los que tienen necesidad tanto económica como de voluntariado. De todos ellos, nosotros hemos elegido el de «Pisos de Acogida» porque es con lo que como profesión nos sentimos más identificados y socialmente comprometidos. En momentos tan especialmente complicados a nivel económico y social, nos complace saber que en nombre de nuestro colectivo, ayudamos a hacer realidad los proyectos de la Fundación del Convento de Santa Clara para mejorar la vida de muchas personas. Esperamos que también sea de tu interés. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Actualidad

Amunt ¡Persianas!: Plan para dinamizar el comercio y la vida social en los barrios

Te informamos que el Ayuntamiento de Barcelona está a punto de sacar una convocatoria para comprar locales en planta baja en Barcelona por valor de 16 millones de euros. El objetivo de esta convocatoria de compra es impulsar la actividad económica en locales en planta baja, dentro de la estrategia municipal Amunt Persianes . Con los locales comprados se creará una cartera de Bajos de Protección Oficial para destinarlos al establecimiento de negocios de distinta tipología a pie de calle, mediante la colaboración entre agentes públicos, privados y sociales. La iniciativa es un primer paso para activar una parte de los 1.500.000 m2 disponibles en planta baja para actividad económica en la ciudad y una medida para evitar cierres de establecimientos en activo. La Estrategia forma parte del Plan para la recuperación y relanzamiento de Barcelona, ​​que cuenta con un fondo extraordinario de 87 millones de euros para el apoyo al tejido productivo y el empleo. En este documento adjunto encontrarás las respuestas a las dudas más comunes que puede tener cualquier propietario que desee prepararse para presentarse a la convocatoria y vender su local. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Actualidad

MES Barcelona: Mecanismo para la Energía Sostenible de Barcelona

Te presentamos el proyecto Mecanismo para la Energía Sostenible de Barcelona (MES Barcelona) , el nuevo plan de transformación energética del Ayuntamiento de Barcelona que permite instalar gratis placas fotovoltaicas en los edificios . Este instrumento servirá para acompañar y acelerar la transición energética de la ciudad junto a inversores privados, gracias a la inversión en la instalación de placas fotovoltaicas y rehabilitación energética en la ciudad. Como Administrador de Fincas, tu rol puede ser de gran utilidad, facilitando la información a tus clientes, realizando las solicitudes en nombre de comunidades y gestionando los acuerdos con los operadores. El proyecto MES Barcelona forma parte de la Agenda 2030 , un plan de acción para promover el desarrollo sostenible que tiene incidencia en los campos ambiental, social, económico e institucional. El Ayuntamiento de Barcelona se ha comprometido a impulsar la implantación y el seguimiento del cumplimiento de la Agenda 2030 ya buscar alianzas con la sociedad civil y los sectores económicos, tal y como dictan los objetivos de desarrollo sostenible. WEBINAR 15 DE JUNIO Desde el Colegio apostamos por estas iniciativas y por eso, junto con el Ayuntamiento de Barcelona, ​​estamos preparando un webinar en el que se expondrán todos los detalles de este proyecto MES Barcelona. De momento, sólo tienes que reservar la fecha: martes, 15 de junio . Próximamente recibirás toda la información y detalles para inscribirte. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Apariciones en medios, Televisión

«No soporto a los vecinos»: las quejas más habituales

Hacer demasiado ruido y desentenderse de la comunidad son algunas de las quejas vecinales más habituales. Hoy hemos hablado en «El buzón» de Yolanda Sey, en «Planta Baixa», con Josep Maria Aguilà, asesor jurídico del Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida . Ver programa de Planta Baja: https://www.ccma.cat/tv3/alacarta/planta-baixa/no-suporto-els-veins-les-queixes-mes-habituals/video/6101620/ Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Apariciones en medios, Prensa

La importancia de la mediación

En el campo inmobiliario se pueden aplicar diferentes vías de resolución de conflictos para ahorrar tiempo y dinero Los conflictos en las comunidades de vecinos pueden resolverse con la mediación. | DIARIO DE GIRONA La mediación inmobiliaria es una vía de resolución de conflictos en la que dos o incluso más partes de forma voluntaria colaboran para llegar a un acuerdo con la ayuda de una persona mediadora. El administrador de fincas representa un papel destacado en el proceso de mediación. A veces, una mediación a tiempo puede resultar fundamental para evitar que un caso conflictivo pueda acabar por ejemplo en los juzgados. En Cataluña existe el Centro de Mediación Inmobiliaria del Consejo de Colegios de Administradores de Fincas de Catalunya. Todo este proceso de mediación representa muchas ventajas que deberían tenerse en cuenta antes de que un proceso no se vaya enquistando y se vaya complicando. En el campo inmobiliario, este proceso de mediación también es muy importante. Una de las ventajas que representa es que se trata de un proceso rápido y flexible que puede adaptarse en cada caso en concreto, según queda recogido en un documento del consejo y que se puede consultar en la web oficial del Colegio de Administradores de Fincas. También se destaca que todos los mediadores del consejo son expertos en temas de vivienda, lo que supone un paso muy importante a la hora de resolver según qué temas. Los profesionales y administradores de fincas están formados para realizar este tipo de proceso de mediación. Si nos decidimos a llevar adelante una mediación debemos tener en cuenta que se trata de un proceso con menos costes económicos que un proceso judicial. A veces existen conflictos que terminan en los juzgados, donde se eternizan los procesos y se hacen muy largos. La mediación también es un proceso voluntario que fomenta la colaboración entre las personas en disputa. Esto hace que se trata de una vía óptima para todos aquellos conflictos en los que existe relación de vecindad y/o copropiedad. Por eso siempre es aconsejable ponernos en manos de un administrador de fincas, ya que nos sabrá asesorar en todo momento de los pasos que podemos seguir si queremos sacar adelante un proceso de éstos de mediación.   LEER LA NOTICIA COMPLETA EN «DIARI DE GIRONA»: https://www.diaridegirona.cat/empreses-a-girona/2021/05/18/importancia-mediacio-51945490.html Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Apariciones en medios, Prensa

«Habría que acabar con la impunidad de las mafias de los empleos ilegales»

ESPECIAL ADMINISTRADORES DE FINCAS FRANCISCO X. QUINTANA Y ROJO Vicepresidente de la C. de Administradores de Fincas «El administrador de fincas tiene tres funciones: social, asesoramiento y mediación» Francesc X. Quintana i Roig. Los administradores de fincas juegan un papel fundamental en la gestión de comunidades de vecinos o alquileres, entre otros campos. Durante este último año de pandemia, su papel también ha sido muy intenso. ¿Cómo ha aguantado su sector en este último año? Ha sido un año muy duro. Nuestra actividad, teniendo en cuenta que en su momento se determinó como actividad esencial, se vio incrementada. El 100 por 100 de la población estaba encerrada en casa con lo que esto conlleva. Actividades como los alquileres, los alquileres turísticos, los comerciales… todo esto se vio muy afectado porque hubo que negociar contratos y muchas acciones entre propietarios y inquilinos para llegar a acuerdos. Los que más sufrieron fueron los alquileres de uso turístico, que cayeron en picado. Si, además, se une el hecho de los constantes cambios normativos productos de la pandemia, pues nuestro trabajo ha sido muy intenso. ¿Se ha notado un aumento de la morosidad en las comunidades de vecinos? De entrada, no, más allá de la morosidad normal que ya arrastran a las comunidades. Las reuniones de comunidades quedaron paradas en un primer momento y se optó, en muchos casos, por prorrogar los ejercicios económicos y el mantenimiento de las cuotas. Esto junto con las ayudas y los ERTOs ha permitido que la gente pudiera atender a los gastos previstos. Hay muchas tiendas cerradas en Gerona ciudad. ¿Se recuperará este mercado? Deseamos que sí, aunque la situación ha sido generalizada en todo el territorio. En definitiva, esta situación lo que ha motivado es un incremento de locales comerciales disponibles y ha aumentado su oferta. En el momento en que la economía empiece a repuntar, se generarán nuevas expectativas de negocio y con éstas la progresiva recuperación de este mercado. ¿Cómo solucionar el tema de las ocupaciones ilegales? Primero debería acabar con la sensación de inseguridad e impunidad que causa la existencia de mafias organizadas. Es necesario que se apliquen de una forma decidida todos los medios legales, que de hecho ya los tenemos, para simplificarlo y modificar también la legislación de la propiedad horizontal para permitir que las actuaciones que deban realizarse puedan ser más ágiles y eficientes frente a los tribunales. Sería bueno tener unas políticas de promoción de vivienda pública que ampliaran el parque de viviendas y así evitar que esta ocupación irregular sea la solución a la necesidad de una vivienda. ¿Por qué es tan importante la figura del administrador de fincas y que esté colegiado? La figura del administrador gira en torno a tres funciones, social, de asesoramiento y de mediación. La social, procurando que todo funcione en las comunidades, velando también por el cumplimiento de las obligaciones o actuaciones que deben llevarse a cabo. De asesoramiento, que pasa por que el administrador colegiado esté bien formado y al corriente de los diferentes cambios normativos para poder hacer extensiva esta información a sus clientes. Y, por último, somos una figura que de forma constante siempre estamos mediando entre dos partes, entre conflictos de vecinos, entre propietarios y inquilinos, procurando siempre un buen entendimiento.   LEER LA NOTICIA COMPLETA EN «DIARI DE GIRONA»: https://www.diaridegirona.cat/empreses-a-girona/2021/05/18/s-hauria-d-acabar-amb-51945491.html Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

Actualidad

Medidas extraordinarias y temporales para las Juntas de Propietarios hasta el 31/12/2021

Te recordamos que, según el Decreto Ley 53/2020 de 22 de diciembre que prorroga y modifica el Decreto Ley de 10/2020 de 27 de marzo, sigue suspendida la obligación de convocar y celebrar Juntas de Propietarios hasta el 31 de diciembre de 2021 . Por tanto, también quedan prorrogados hasta aquella fecha el presupuesto y los cargos de la Junta. Te compartimos un documento resumen con toda la información al respecto. Puedes descargarlo pinchando en el siguiente botón: Nos encontramos temporalmente en una situación excepcional en la que la posibilidad de convocar reuniones de las Juntas de Propietarios se limita exclusivamente a los casos en los que se pueda justificar que la adopción de aquel acuerdo no pueda demorarse para el próximo año . En este caso, las Juntas de Propietarios pueden celebrarse: PRESENCIALMENTE: Respetando las medidas sanitarias, actualmente máximo 6 personas. TELEMÁTICAMENTE: A través de los medios que establece el artículo 312.5.2. del Código Civil de Cataluña y garantizando la identificación de los asistentes la continuidad de la comunicación, la posibilidad de intervención y la emisión de voto. ACUERDOS SIN REUNIÓN: Mientras no se convoque y celebre la Junta Ordinaria, a instancia del presidente de la Comunidad se pueden tomar «acuerdos sin reunión» con los requisitos del art. 312.7 del CCC (emisión de voto por correspondencia postal o telemática, garantizando los derechos de información y de voto, y que quede constancia de la recepción de los votos). * Te recordamos que en la convocatoria «de acuerdos sin reunión» es imprescindible fijar el plazo para la emisión y recepción de los votos, el cual debe ser como mínimo de 8 días. Marta AgrazPeriodista. Directora de Comunicació del CAFBL

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