Nombre del autor:CAFBL

Actualidad

Convenio de colaboración con la Fundación del Convento de Santa Clara

Te comunicamos que ayer recibimos en nuestra sede a Sor Lucía Caram, con quien se formalizó la firma del convenio de colaboración del CAFBL con el proyecto «Pisos de Acogida» de la Fundación del Convent de Santa Clara. Con esta colaboración, desde el CAFBL hemos contribuido con el alquiler anual de un piso cedido a la Fundación, para alojar a familias o personas solas con riesgo de exclusión social, a las que de forma temporal, se les ayuda a superar la situación en la que se encuentran. Si tienes interés en colaborar directamente con la Fundación, de forma individual, puedes consultar aquí todos los proyectos y ámbitos en los que están trabajando actualmente y para los que tienen necesidad tanto económica como de voluntariado. De todos ellos, nosotros hemos elegido el de «Pisos de Acogida» porque es con lo que como profesión nos sentimos más identificados y socialmente comprometidos. En momentos tan especialmente complicados a nivel económico y social, nos complace saber que en nombre de nuestro colectivo, ayudamos a hacer realidad los proyectos de la Fundación del Convento de Santa Clara para mejorar la vida de muchas personas. Esperamos que también sea de tu interés.

Actualidad

Amunt ¡Persianas!: Plan para dinamizar el comercio y la vida social en los barrios

Te informamos que el Ayuntamiento de Barcelona está a punto de sacar una convocatoria para comprar locales en planta baja en Barcelona por valor de 16 millones de euros. El objetivo de esta convocatoria de compra es impulsar la actividad económica en locales en planta baja, dentro de la estrategia municipal Amunt Persianes . Con los locales comprados se creará una cartera de Bajos de Protección Oficial para destinarlos al establecimiento de negocios de distinta tipología a pie de calle, mediante la colaboración entre agentes públicos, privados y sociales. La iniciativa es un primer paso para activar una parte de los 1.500.000 m2 disponibles en planta baja para actividad económica en la ciudad y una medida para evitar cierres de establecimientos en activo. La Estrategia forma parte del Plan para la recuperación y relanzamiento de Barcelona, ​​que cuenta con un fondo extraordinario de 87 millones de euros para el apoyo al tejido productivo y el empleo. En este documento adjunto encontrarás las respuestas a las dudas más comunes que puede tener cualquier propietario que desee prepararse para presentarse a la convocatoria y vender su local.

Actualidad

MES Barcelona: Mecanismo para la Energía Sostenible de Barcelona

Te presentamos el proyecto Mecanismo para la Energía Sostenible de Barcelona (MES Barcelona) , el nuevo plan de transformación energética del Ayuntamiento de Barcelona que permite instalar gratis placas fotovoltaicas en los edificios . Este instrumento servirá para acompañar y acelerar la transición energética de la ciudad junto a inversores privados, gracias a la inversión en la instalación de placas fotovoltaicas y rehabilitación energética en la ciudad. Como Administrador de Fincas, tu rol puede ser de gran utilidad, facilitando la información a tus clientes, realizando las solicitudes en nombre de comunidades y gestionando los acuerdos con los operadores. El proyecto MES Barcelona forma parte de la Agenda 2030 , un plan de acción para promover el desarrollo sostenible que tiene incidencia en los campos ambiental, social, económico e institucional. El Ayuntamiento de Barcelona se ha comprometido a impulsar la implantación y el seguimiento del cumplimiento de la Agenda 2030 ya buscar alianzas con la sociedad civil y los sectores económicos, tal y como dictan los objetivos de desarrollo sostenible. WEBINAR 15 DE JUNIO Desde el Colegio apostamos por estas iniciativas y por eso, junto con el Ayuntamiento de Barcelona, ​​estamos preparando un webinar en el que se expondrán todos los detalles de este proyecto MES Barcelona. De momento, sólo tienes que reservar la fecha: martes, 15 de junio . Próximamente recibirás toda la información y detalles para inscribirte.

Apariciones en medios, Televisión

«No soporto a los vecinos»: las quejas más habituales

Hacer demasiado ruido y desentenderse de la comunidad son algunas de las quejas vecinales más habituales. Hoy hemos hablado en «El buzón» de Yolanda Sey, en «Planta Baixa», con Josep Maria Aguilà, asesor jurídico del Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida . Ver programa de Planta Baja: https://www.ccma.cat/tv3/alacarta/planta-baixa/no-suporto-els-veins-les-queixes-mes-habituals/video/6101620/

Apariciones en medios, Prensa

La importancia de la mediación

En el campo inmobiliario se pueden aplicar diferentes vías de resolución de conflictos para ahorrar tiempo y dinero Los conflictos en las comunidades de vecinos pueden resolverse con la mediación. | DIARIO DE GIRONA La mediación inmobiliaria es una vía de resolución de conflictos en la que dos o incluso más partes de forma voluntaria colaboran para llegar a un acuerdo con la ayuda de una persona mediadora. El administrador de fincas representa un papel destacado en el proceso de mediación. A veces, una mediación a tiempo puede resultar fundamental para evitar que un caso conflictivo pueda acabar por ejemplo en los juzgados. En Cataluña existe el Centro de Mediación Inmobiliaria del Consejo de Colegios de Administradores de Fincas de Catalunya. Todo este proceso de mediación representa muchas ventajas que deberían tenerse en cuenta antes de que un proceso no se vaya enquistando y se vaya complicando. En el campo inmobiliario, este proceso de mediación también es muy importante. Una de las ventajas que representa es que se trata de un proceso rápido y flexible que puede adaptarse en cada caso en concreto, según queda recogido en un documento del consejo y que se puede consultar en la web oficial del Colegio de Administradores de Fincas. También se destaca que todos los mediadores del consejo son expertos en temas de vivienda, lo que supone un paso muy importante a la hora de resolver según qué temas. Los profesionales y administradores de fincas están formados para realizar este tipo de proceso de mediación. Si nos decidimos a llevar adelante una mediación debemos tener en cuenta que se trata de un proceso con menos costes económicos que un proceso judicial. A veces existen conflictos que terminan en los juzgados, donde se eternizan los procesos y se hacen muy largos. La mediación también es un proceso voluntario que fomenta la colaboración entre las personas en disputa. Esto hace que se trata de una vía óptima para todos aquellos conflictos en los que existe relación de vecindad y/o copropiedad. Por eso siempre es aconsejable ponernos en manos de un administrador de fincas, ya que nos sabrá asesorar en todo momento de los pasos que podemos seguir si queremos sacar adelante un proceso de éstos de mediación.   LEER LA NOTICIA COMPLETA EN «DIARI DE GIRONA»: https://www.diaridegirona.cat/empreses-a-girona/2021/05/18/importancia-mediacio-51945490.html

Apariciones en medios, Prensa

«Habría que acabar con la impunidad de las mafias de los empleos ilegales»

ESPECIAL ADMINISTRADORES DE FINCAS FRANCISCO X. QUINTANA Y ROJO Vicepresidente de la C. de Administradores de Fincas «El administrador de fincas tiene tres funciones: social, asesoramiento y mediación» Francesc X. Quintana i Roig. Los administradores de fincas juegan un papel fundamental en la gestión de comunidades de vecinos o alquileres, entre otros campos. Durante este último año de pandemia, su papel también ha sido muy intenso. ¿Cómo ha aguantado su sector en este último año? Ha sido un año muy duro. Nuestra actividad, teniendo en cuenta que en su momento se determinó como actividad esencial, se vio incrementada. El 100 por 100 de la población estaba encerrada en casa con lo que esto conlleva. Actividades como los alquileres, los alquileres turísticos, los comerciales… todo esto se vio muy afectado porque hubo que negociar contratos y muchas acciones entre propietarios y inquilinos para llegar a acuerdos. Los que más sufrieron fueron los alquileres de uso turístico, que cayeron en picado. Si, además, se une el hecho de los constantes cambios normativos productos de la pandemia, pues nuestro trabajo ha sido muy intenso. ¿Se ha notado un aumento de la morosidad en las comunidades de vecinos? De entrada, no, más allá de la morosidad normal que ya arrastran a las comunidades. Las reuniones de comunidades quedaron paradas en un primer momento y se optó, en muchos casos, por prorrogar los ejercicios económicos y el mantenimiento de las cuotas. Esto junto con las ayudas y los ERTOs ha permitido que la gente pudiera atender a los gastos previstos. Hay muchas tiendas cerradas en Gerona ciudad. ¿Se recuperará este mercado? Deseamos que sí, aunque la situación ha sido generalizada en todo el territorio. En definitiva, esta situación lo que ha motivado es un incremento de locales comerciales disponibles y ha aumentado su oferta. En el momento en que la economía empiece a repuntar, se generarán nuevas expectativas de negocio y con éstas la progresiva recuperación de este mercado. ¿Cómo solucionar el tema de las ocupaciones ilegales? Primero debería acabar con la sensación de inseguridad e impunidad que causa la existencia de mafias organizadas. Es necesario que se apliquen de una forma decidida todos los medios legales, que de hecho ya los tenemos, para simplificarlo y modificar también la legislación de la propiedad horizontal para permitir que las actuaciones que deban realizarse puedan ser más ágiles y eficientes frente a los tribunales. Sería bueno tener unas políticas de promoción de vivienda pública que ampliaran el parque de viviendas y así evitar que esta ocupación irregular sea la solución a la necesidad de una vivienda. ¿Por qué es tan importante la figura del administrador de fincas y que esté colegiado? La figura del administrador gira en torno a tres funciones, social, de asesoramiento y de mediación. La social, procurando que todo funcione en las comunidades, velando también por el cumplimiento de las obligaciones o actuaciones que deben llevarse a cabo. De asesoramiento, que pasa por que el administrador colegiado esté bien formado y al corriente de los diferentes cambios normativos para poder hacer extensiva esta información a sus clientes. Y, por último, somos una figura que de forma constante siempre estamos mediando entre dos partes, entre conflictos de vecinos, entre propietarios y inquilinos, procurando siempre un buen entendimiento.   LEER LA NOTICIA COMPLETA EN «DIARI DE GIRONA»: https://www.diaridegirona.cat/empreses-a-girona/2021/05/18/s-hauria-d-acabar-amb-51945491.html

Actualidad

Medidas extraordinarias y temporales para las Juntas de Propietarios hasta el 31/12/2021

Te recordamos que, según el Decreto Ley 53/2020 de 22 de diciembre que prorroga y modifica el Decreto Ley de 10/2020 de 27 de marzo, sigue suspendida la obligación de convocar y celebrar Juntas de Propietarios hasta el 31 de diciembre de 2021 . Por tanto, también quedan prorrogados hasta aquella fecha el presupuesto y los cargos de la Junta. Te compartimos un documento resumen con toda la información al respecto. Puedes descargarlo pinchando en el siguiente botón: Nos encontramos temporalmente en una situación excepcional en la que la posibilidad de convocar reuniones de las Juntas de Propietarios se limita exclusivamente a los casos en los que se pueda justificar que la adopción de aquel acuerdo no pueda demorarse para el próximo año . En este caso, las Juntas de Propietarios pueden celebrarse: PRESENCIALMENTE: Respetando las medidas sanitarias, actualmente máximo 6 personas. TELEMÁTICAMENTE: A través de los medios que establece el artículo 312.5.2. del Código Civil de Cataluña y garantizando la identificación de los asistentes la continuidad de la comunicación, la posibilidad de intervención y la emisión de voto. ACUERDOS SIN REUNIÓN: Mientras no se convoque y celebre la Junta Ordinaria, a instancia del presidente de la Comunidad se pueden tomar «acuerdos sin reunión» con los requisitos del art. 312.7 del CCC (emisión de voto por correspondencia postal o telemática, garantizando los derechos de información y de voto, y que quede constancia de la recepción de los votos). * Te recordamos que en la convocatoria «de acuerdos sin reunión» es imprescindible fijar el plazo para la emisión y recepción de los votos, el cual debe ser como mínimo de 8 días.

Actualidad

Reducciones de los alquileres de los locales de negocio después del Estado de Alarma

A pesar de la finalización del Estado de Alarma, siguen vigentes algunas medidas de restricción de las actividades que afectan también a nuestro sector. 1. VIGENCIA DEL DECRETO LEY 34/2020 (CATALUÑA): Las medidas de este Decreto-Ley limitan su eficacia al tiempo de vigencia de las prohibiciones o restricciones dictadas por la autoridad competente. Por tanto, dado que, a pesar del levantamiento del Estado de Alarma siguen existiendo medidas de suspensión o de restricción de las actividades (límites de aforo, de horarios, etc.), siguen vigentes las medidas o reglas establecidas por el Decreto ley. Te recordamos que estas medidas afectan a los arrendatarios de locales comerciales con uso limitado o suspendido por las medidas de la COVID-19 y, en resumen son: El arrendatario puede requerir fehacientemente al arrendador una modificación de las condiciones del contrato. A falta de acuerdo, en el plazo de un mes se aplicarán las siguientes reglas: En caso de SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD : Reducción del 50% de la renta mientras dure la vigencia de la suspensión. En caso de RESTRICCIÓN PARCIAL DE LA ACTIVIDAD : Reducción de la renta en una proporción equivalente a la mitad de la pérdida de aprovechamiento del local (ejemplo: Limitación de aforo al 30% = reducción de renta del 35%). 2. VIGENCIA DEL REAL DECRETO LEY 35/2020 (ESTATAL): Las medidas de este Real Decreto-Ley, de reducción o moratoria de rentas, tal y como dice el artículo 1, tienen limitada su vigencia durante el tiempo que dure el estado de alarma y sus prórrogas. Las reducciones o moratorias se podrán extender durante las siguientes mensualidades, hasta un máximo de 4 mensualidades en total. Por tanto, únicamente seguirán vigentes las medidas aplicadas y solicitadas con anterioridad al levantamiento del Estado de Alarma que aún no hayan agotado el plazo máximo de 4 mensualidades que fija el Real Decreto-Ley. Asimismo, puesto que ya no estamos en Estado de Alarma, ya no serán obligatorias las reducciones o moratorias de renta previstas en los supuestos de que el arrendador fuera una empresa o entidad pública o un gran tenedor.

Apariciones en medios, Radio

Okupación

Enrique Vendrell, presidente del CAFBL, habla sobre las charlas que imparte el Sindicato de Vivienda de Poblenou para explicar cómo okupar un piso o un local (escuchar audio a partir del minuto 17’50»): https://cope-cdnmed. agilecontent.com/resources/mp3/7/1/1620393066017.mp3?download

Actualidad

RDL 8/2021, de 4 de mayo de nuevas medidas urgentes a aplicar después de la finalización del estado de alarma por el SARS-CoV-2

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2021 , de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar después de la finalización el próximo 9 de mayo de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Por lo que respecta al sector inmobiliario, en este RDL se establecen algunas medidas que te detallamos en este documento adjunto. CLICA AQUÍ . REUNIONES Y ADOPCIÓN DE ACUERDOS POR LAS JUNTAS DE PROPIETARIOS PRÓRROGA DE LA SUSPENSIÓN DE LANZAMIENTOS DE ARRENDATARIO DE VIVIENDA PRÓRROGA DE LA DURACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PRÓRROGA SOLICITUD MORATORIA O CONDONACIÓN DE LA RENTA PRÓRROGA PLAZO SOLICITUD DE COMPENSACIÓN PARA EL ARRENDADOR

Scroll al inicio