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Medidas para la implantación de políticas en torno a las energías renovables

La Conselleria de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural nos ha informado del alcance de las acciones tomadas en los últimos meses para la implantación de políticas energéticas sostenibles en el ámbito de las comunidades de propietarios, de las que cabe destacar los siguientes aspectos: El Decreto Ley 28/2021, de 21 de diciembre, de modificación del libro quinto del Código Civil de Cataluña, a fin de incorporar la regulación de las instalaciones para la mejora de la eficiencia energética y de los sistemas de energías renovables en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal. El decreto ley regula, dentro del ámbito de la propiedad horizontal, las mayorías necesarias para el despliegue y uso de las instalaciones de energías renovables y de eficiencia energética situadas en los elementos comunes del inmueble, ya sea en beneficio de toda la comunidad o bien en beneficio particular de uno o más propietarios. El Decreto Ley 24/2021 de aceleración de las energías renovables distribuidas y participadas, que ha introducido medidas de simplificación administrativa en materia de autoconsumo fotovoltaico para que se acelere la aceptación por parte de las suministradoras eléctricas de la compensación de los excedentes energía producidos, ayudando así a reducir aún más el recibo eléctrico. El Real Decreto Ley 29/2021 de 21 de diciembre de medidas urgentes para acelerar la movilidad eléctrica y el autoconsumo, que ha eliminado la fianza para los proyectos de menos de 100 KW de potencia, una garantía financiera que suponía depositar hasta 4.000 € Por último, nos recuerda que hasta diciembre de 2023 permanecerán abiertas las líneas de ayudas para los sistemas de autoconsumo fotovoltaico, los sistemas de almacenamiento con baterías, las instalaciones térmicas renovables y las infraestructuras de recarga a las que se pueden acoger a las comunidades de vecinos (nota: en circulares anteriores hemos indicado todas las ayudas disponibles a la movilidad eléctrica y al autoconsumo, no obstante en este enlace en el ICAEN puedes consultar el resumen de su situación).

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APROBACIÓN DEL RDL 2/2022, SOBRE LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE SUSPENSIÓN DE PROCESOS DE DESAHUCIO Y SOLICITUD DE COMPENSACIÓN PARA ARRENDAMIENTOS

En fecha 23 de febrero de 2022, se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 2/2022 , de 22 de febrero, que introduce las siguientes modificaciones: La Disposición Final Segunda modifica los artes. 1 y 1 bis del RDL 11/2020, de 21 de marzo, ampliando hasta el 30 de septiembre de 2022 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos. La Disposición Final Tercera modifica los apartados 2, 3, 5 y 6 de la Disposición Adicional Segunda del RDL 37/2020, de 22 de diciembre, ampliando hasta el 31 de octubre de 2022, la posibilidad de solicitar compensación por parte de el arrendador o propietario recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes por a hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transporte. Asimismo, la prórroga de la suspensión de los procesos y lanzamientos se extiende también a los ocupantes sin título (okupas) cuando el arrendador sea un gran tenedor (+10 viviendas). La Disposición Final octava, en consonancia con la ampliación de la suspensión de los procedimientos y lanzamientos y del plazo para solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, mediante la Disposición Final Octava se modifican los plazos establecidos en el Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, hasta el 31 de octubre de 2022 y añade una Disposición Adicional única por la que las compensaciones a las que se refiere este real decreto que no se hayan podido realizar con los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, se podrán realizar con los del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 regulado por Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A tal efecto los requisitos que deben concurrir para que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla puedan utilizar los recursos del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 para las compensaciones a arrendadores o propietarios previstas en el Real decreto ley 37/2020, de 22 de diciembre, son los mismos que los regulados para el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el artículo 2, con la salvedad de que el acuerdo de liquidación e imputación del importe de las compensaciones, que será adoptado por la persona titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se incluirá en la liquidación final del convenio que cada comunidad autónoma y las ciudades de Ceuta y Melilla suscriban con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, sin que proceda dictarlo antes.

Apariciones en medios, Radio

Aprobación de la Ley de ampliación de las medidas urgentes para hacer frente a la emergencia habitacional

Sobre la aprobación de la Ley de ampliación de las medidas urgentes para hacer frente a la emergencia habitacional, Enrique Vendrell, presidente del Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida, habló en Onda Cero y va dejar claro la inseguridad jurídica que puede causar. Escuchar audio a partir del minuto 18’40»: https://www.ondacero.es/emisoras/catalunya/audios-podcast/noticies-migdia/noticies-migdia-24022022_202202246217b4b1a657ec000132

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Realiza tus reuniones de Comunidades de Propietarios en las salas del CAFBL

Nos congratulamos en informarte que el Colegio vuelve a poner a tu disposición el alquiler de las Salas CAFBL. Como recordarás, éstas tienen diferentes capacidades idóneas para realizar reuniones de propietarios u otros actos que vayan asociados a la actividad de los Administradores de Fincas y, ahora, te las podemos ofrecer a precios mucho más asequibles . Las salas CAFBL están preparadas para realizar exposiciones/presentaciones, tienen pizarras panorámicas, equipo de audio, proyectores y cuentan con otros servicios que podrás consultar. La reserva para el alquiler la podrás hacer enviando el formulario , al siguiente correo electrónico serveiscolegials@cafbl.cat . Es aconsejable realizar la reserva con antelación suficiente para que podamos confirmarte la disponibilidad.

Apariciones en medios, Prensa

Objetivo: rehabilitar unas 22.750 viviendas

GERENTE DEL COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE BARCELONA-LEYDA El Consejo de Colegios de Administradores de Fincas de Cataluña se convierte en sede de la Oficina Técnica de Rehabilitación de Cataluña. QUIM PUIG . LORENZO VIÑAS – GERENTE DEL COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE BARCELONA-LEYDA El plan de recuperación para Europa tiene por objetivo transformar los retos derivados de la pandemia en una oportunidad para impulsar la transición ecológica y la transformación digital. De todas las líneas tractoras que promocionarán la transformación, los administradores de fincas estamos especialmente vinculados a la rehabilitación de edificios y viviendas con criterios de eficiencia energética. Nuestro papel, en este contexto, es ayudar a las comunidades de propietarios en la gestión de las solicitudes para que se puedan beneficiar de las subvenciones el mayor número de edificios posible. Para hacerlo realidad, ya través de un acuerdo con la Agencia de Vivienda de Cataluña (AHC), el Consejo de Colegios de Administradores de fincas de Cataluña se convierte en sede de la Oficina Técnica de Rehabilitación de Cataluña ( OTRC). El Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR), articula los planes en seis programas y, concretamente , es en el programa 3 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación en los edificios donde los administradores de fincas tendremos mucho que hacer. El objetivo en Cataluña es rehabilitar unas 22.750 viviendas hasta diciembre de 2023; si la media de viviendas por edificio es de quince departamentos, la previsión es rehabilitar aproximadamente 1.500 edificios. Es necesaria una tarea previa y continuada de sensibilización dirigida a la ciudadanía que destaque la importancia y la responsabilidad de los propietarios en la conservación y el mantenimiento de los edificios y de sus viviendas, aplicando criterios de eficiencia energéticos. Así, la OTRC será un punto de información, asesoramiento y acompañamiento a los administradores de fincas en el proceso de subvención para la rehabilitación de edificios, además de difundir las condiciones del programa y de comunicación a la sociedad. El objeto del programa 3 es la financiación de las obras o actuaciones en edificios residenciales en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención en la envolvente del edificio. Se incluyen sus viviendas y viviendas unifamiliares. Además de la mejora en la eficiencia energética del edificio, deberá disponerse del proyecto técnico y de los certificados de eficiencia energética tanto antes como después de las obras de rehabilitación a fin de acreditar la mejora alcanzada. Los destinatarios de este programa son los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas, en hilera y de edificios residenciales plurifamiliares de vivienda (tipología residencial colectiva), así como de las viviendas que lo componen. También podrán acogerse las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios. Para poder beneficiarse de estas ayudas, es necesario disponer de un proyecto técnico de las actuaciones a realizar, incluyendo el libro del edificio existente; diseños y técnicas constructivas que permitan la reutilización y reciclaje, y la retirada de aquellos productos de la construcción que contengan amianto. Para poder acceder a las ayudas, debe lograrse una mejora de la eficiencia energética de al menos el 30%, que supondrá un 40% de la subvención, y en función del porcentaje de este ahorro energético, la cantidad a recibir irá de los 6.300 euros por vivienda a los 18.800, por lo que cuanto mayor sea el ahorro energético, más fondos se recibirán. La AHC ha visto, desde el primer momento, la necesidad de contar con los administradores de fincas para dar a conocer y promocionar entre los propietarios de las viviendas los programas de rehabilitación de edificios, entendiendo que la colaboración público-privada en proyectos de esa magnitud e importancia es indispensable. El acuerdo con la AHC tiene al mismo tiempo un mensaje clave: el reconocimiento de los administradores de fincas como profesionales esenciales en las relaciones entre la administración pública y los ciudadanos. Es crucial llamar a todo el mundo, porque con esta nueva situación se reitera la importancia que tienen, por un lado, los propietarios de los bienes inmuebles de viviendas en su rehabilitación y en la adecuada conservación y mantenimiento y, del otra, los administradores de fincas, ya que la labor de gestión y dedicación profesional que tenemos encomendadas debe comportar la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, la sostenibilidad ambiental y la dinamización de un sector generador de puestos de trabajo y de beneficios sociales y económicos. LEER LA NOTICIA COMPLETA EN EL ECONÓMICO: https://www.leconomic.cat/article/2097587-objectiu-rehabilitar-uns-22-750-habitatges.html

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Eliminación del uso obligatorio de las mascarillas en espacios exteriores

El pasado miércoles 9 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 , de por lo que las mascarillas han dejado de ser obligatorias en el exterior a partir de este jueves 10 de febrero. En cuanto a las comunidades de propietarios, queremos aclararte en qué casos sigue siendo obligatorio llevar la mascarilla y, por el contrario, en qué otros ya no es necesario su uso: El uso de la mascarilla NO será obligatorio en los espacios abiertos como son las zonas ajardinadas o de paso, piscinas, pistas polideportivas y áreas infantiles. Por tanto, en caso de que se celebre una junta de propietarios al aire libre, no será obligatorio el uso de mascarilla, aunque si es recomendable en caso de que no se pueda garantizar la distancia mínima interpersonal entre los asistentes. El uso de la mascarilla continuará siendo obligatorio en los espacios cerrados como son los portales, escaleras, ascensores, trasteros, garajes, gimnasios y salas multiusos así como durante el transcurso de la celebración de una junta si ésta se celebra en espacio cerrado. Para facilitar esta información a tus clientes, hemos preparado esta INFOGRAFÍA para que se pueda colgar en algún sitio visible de las comunidades de propietarios que administras y así, que todo el vecindario esté informado.

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Eliminación del uso obligatorio de las mascarillas en espacios exteriores

Te informamos que el pasado miércoles 9 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID -19 , por lo que las mascarillas han dejado de ser obligatorias en el exterior a partir de este jueves 10 de febrero. En cuanto a las comunidades de propietarios, queremos aclararte en qué casos sigue siendo obligatorio llevar la mascarilla y, por el contrario, en qué otros ya no es necesario su uso: El uso de la mascarilla NO será obligatorio en los espacios abiertos como son las zonas ajardinadas o de paso, piscinas, pistas polideportivas y áreas infantiles. Por tanto, en caso de que se celebre una junta de propietarios al aire libre, no será obligatorio el uso de mascarilla, aunque si es recomendable en caso de que no se pueda garantizar la distancia mínima interpersonal entre los asistentes. El uso de la mascarilla continuará siendo obligatorio en los espacios cerrados como son los portales, escaleras, ascensores, trasteros, garajes, gimnasios y salas multiusos así como durante el transcurso de la celebración de una junta si ésta se celebra en espacio cerrado. Para facilitar esta información a tus clientes, hemos preparado esta INFOGRAFÍA para que se pueda colgar en algún sitio visible de las comunidades de propietarios que administras y así, que todo el vecindario esté informado.

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GRABACIÓN SEMINARIO: Rehabilitación energética de los edificios Fondo Next Generation (NGUE) y modificación Ley de Propiedad Horizontal Catalana

Te informamos que ya tienes a tu disposición en la intranet del Colegio, la grabación del Seminario del pasado 28 de enero, así como todas las presentaciones de los distintos ponentes. Puedes visualizarla accediendo a tu parte privada de la web colegial www.cafbl.cat , en el apartado de Formación y dentro del banner HISTÓRICO WEBINARS/CONFERENCIAS. También estamos trabajando todas las preguntas que se hicieron en el Seminario, para poder confeccionar un apartado de preguntas frecuentes al respecto. Nos ponemos a tu disposición para cualquier consulta en el correo electrónico otrc@consellcaf.cat

Apariciones en medios, Prensa

El Gobierno y colegios profesionales colaboran para impulsar la rehabilitación con fondos europeos

BARCELONA, 1 Feb. (EUROPA PRESS) – La Consejería de Derechos Sociales de la Generalitat y los colegios profesionales han fi rmado un convenio para impulsar la rehabilitación con los fondos europeos Next Generation EU, según ha informado la consejera de Derechos Sociales de la Generalitat, Violant Cervera, este martes endeclaraciones en periodistas.El acuerdo supone la creación, por parte de los colegios profesionales, de ofi cinas técnicas de rehabilitación para «divulgar, impulsar, informar yasesorar a propietarios y comunidades de vecinos sobre los programas de rehabilitación vinculados a los fondos europeos, ha concretado la consellera. «Lo que harán los colegios profesionales es ayudar en estas tramitaciones, a menudo complicadas, y tenemos la suerte de que están extendidos por toda Cataluña, por lo que permitirán que lleguen a la mayoría del territorio», ha añadido. Los colegios harán de intermediarios entre la Generalidad y los receptores de las ayudas con «coste cero», de forma que puedan recibir las subvenciones el mayor número de edifi cios posibles. Para llevar a cabo esta labor, recibirán una contraprestación económica de 330 euros por vivienda rehabilitada, que se distribuirá entre los profesionales que hayan participado de forma proporcional a la carga de trabajo, según el convenio. ANTICIPOS La Agencia de la Vivienda de Catalunya considera clave el papel de estos colegios profesionales y, por ello, ha establecido que reciban un anticipopara poder iniciar la prestación de servicios –a cargo del presupuesto de la agencia–, con dos millones de euros en total. Con esto, el Consejo de Colegios de Administradores de Fincas recibirá 762.500 euros, el Consejo de la Arquitectura Técnica de Cataluña recibirá 610.000 euros y el Colegio de Arquitectos de Cataluña (COAC), 610.000 euros. PARTES FIRMANTES Han formalizado el convenio el director de la Agencia de la Vivienda de Cataluña de la Consejería de Derechos Sociales, Jaume Font, y el presidente del Consejo de Colegios Territoriales de Administradores de Fincas de Cataluña, Enrique Vendrell. También lo han hecho la presidenta del Consejo del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos y Enginers de Edifi cación de Cataluña, Teresa Arnal; el presidente del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edifi cación de Barcelona, ​​Celestí Ventura, y la decana del Coac, AssumpcióPuig. LEER NOTICIA COMPLETA EN «EUROPA PRESS»: https://www.europapress.es/catalunya/noticia-govern-colegios-profesionales-colaboran-impulsar-rehabilitacion-fondos-europeos-20220201183314.html

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Últimas medidas sanitarias que afectan a los Administradores de Fincas

Información de la RESOLUCIÓN SALUD NÚM. de 26 de enero, que entrará en vigor a partir de las 00:00 horas del 28 de enero de 2022. El 27 de enero se publicó en el DOGC esta resolución por la que se establecen nuevas medidas en materia de salud pública en relación con la COVID-19 en el territorio de Cataluña. Las principales medidas que afectan a los Administradores de Fincas son: 1. REUNIONES DE COMUNIDADES Se levanta la limitación de reuniones que estaba en un máximo de 10 personas, por tanto a partir del día 28 de ENERO 2022 ya se pueden volver a celebrar reuniones presenciales de Comunidades de Propietarios sin limitación de personas , y siempre y cuando se tomen las correspondientes medidas sanitarias (mascarilla, distancia, etc.). Independientemente y como ya informamos, hasta el 30 de junio de 2022 sigue suspendida la obligación de convocar Juntas de Comunidad , sin perjuicio de que se tenga que celebrar a iniciativa del presidente oa petición de al menos un 25% de los propietarios que representen a la vez un 25% de los coeficientes. Asimismo, se pueden también celebrar hasta el 30 de junio de 2022 Juntas de Comunidad telemáticamente o por videoconferencia, aunque no esté previsto en los Estatutos y también se pueden realizar “Acuerdos sin reunión” de forma excepcional. 2. RESTRICCIONES LOCALES DE AFOROS También decaen las restricciones de aforos que hasta ahora afectaban a la RESTAURACIÓN, CULTURA, COMERCIOS Y GIMNASIOS , que vuelven a poder tener un aforo del 100%. Únicamente quedan vigentes las restricciones que afectan al OCIO NOCTURNO.