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Normativa y Legislación, Prensa

Propietarios y entidades inmobiliarias, contra el decreto de vivienda que limita los alquileres temporales

Barcelona, ​​10 de abril de 2025 Las entidades cargan contra el gobierno por el decreto de la vivienda y alertan del «grave impacto» que puede tener aplicar control de precios Las principales organizaciones inmobiliarias y Foment del Treball rechazan el decreto que regula los alquileres de temporada y de habitaciones, aprobado en el Parlament este miércoles y cargan contra el gobierno. Las entidades alertan del «grave impacto» que puede tener aplicar control de precios y apuntan que puede suponer una «grave distorsión» del marco jurídico actual y afectar «negativamente a un sector de mercado esencial para Cataluña.» Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://beteve.cat/economia/propietaris-immobiliaries-rebutgen-limitar-lloguers-temporada/

Normativa y Legislación, Notas de prensa

Foment y las principales organizaciones del sector inmobiliario alertan sobre el grave impacto que tendría aplicar controles de precio a los alquileres temporales en Cataluña

Barcelona, 10 de abril de 2025 Foment del Treball, la Asociación de Promotores de Cataluña (APCE), la Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler (ASVAL), la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña (AIC), el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida (CAFBL), el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona (COAPI) y la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona expresan su preocupación ante el anuncio de extender el control de rentas a los contratos de alquiler de corta y media estancia. Esta medida, de llevarse a cabo, supondría una grave distorsión del marco jurídico actual y afectaría negativamente a un segmento del mercado que es esencial para la movilidad, laboral, académica y social en Cataluña. Los arrendamientos temporales -generalmente regulados bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) como contratos de uso diferente de vivienda- responden a causas objetivas y finalidades muy concretas: alojar temporalmente a profesionales desplazados, estudiantes, investigadores, personas en transición residencial o en movilidad internacional. Este tipo de alquileres, que habitualmente no superan los 12 meses de duración, no constituyen una alternativa a la vivienda habitual, sino un complemento imprescindible para una sociedad dinámica y abierta. Extender el control de precios a este tipo de contratos supondría una extralimitación jurídica y una decisión contraproducente desde el punto de vista económico y social. En el artículo 17 de la LAU se establece claramente que las limitaciones al precio de alquiler sólo pueden aplicarse a los contratos de vivienda habitual. Aplicarles el mismo tratamiento legal no sólo generaría inseguridad jurídica, sino que comprometería la existencia misma de este tipo de oferta en Cataluña. Las entidades firmantes de este comunicado cargan duramente contra los acuerdos tomados entre el Gobierno de la Generalitat y grupos parlamentarios en los últimos meses (DL 2/2025 que se tramitará como proyecto de ley, el DL 5/2025 que incrementa el ITP y el AJD), ya que sólo responden a la aritmética política y no a solucionar el problema de la vivienda, que es la falta de oferta de vivienda de toda tipología, tanto de venta como en alquiler. Los representantes del sector denuncian la sobrerregulación y la falta de seguridad jurídica que sufren los operadores en Cataluña y reclaman que se deje de legislar «de espaldas al sector» y adopten políticas de vivienda realmente efectivas, que incentiven el incremento de la oferta de vivienda en lugar de penalizar al sector que tiene la capacidad productiva para proveer las viviendas que Cataluña necesita.

Normativa y Legislación, Prensa

La ley estatal avala que las comunidades de vecinos puedan vetar los pisos turísticos por mayoría

Barcelona, ​​3 de abril de 2025 Las comunidades de propietarios pueden prohibir que haya más pisos turísticos en sus blogs con acuerdos por mayoría de tres quintos. Así lo establece el cambio normativo de la ley de propiedad horizontal estatal, que entra en vigor este jueves. De este modo, los vecinos tendrán que decidir de forma colectiva si aceptan más actividades de alquiler turístico o no. La medida no tendrá carácter retroactivo. Es decir, no se podrá cesar la actividad de los pisos que ya estén funcionando de manera legal antes de este cambio normativo. Sin embargo, este cambio no se aplica en Cataluña, que se rige por el Código civil catalán y tiene una normativa propia. En Cataluña, el Código civil catalán ya prevé que las comunidades puedan ejercer ese veto. La norma tiene efectos jurídicos similares pero el procedimiento es absolutamente diferente, explica Lorenzo Viñas, presidente del Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida. Así, aquí son necesarias cuatro quintas partes de la comunidad para impedir la apertura de los pisos turísticos en un edificio. Para llevarlo a cabo, además, es necesario que la comunidad cree unos estatutos o modifique los ya existentes, una operación que, según el colegio, tiene un coste de entre 4.000 y 7.000 € de media. Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://beteve.cat/economia/veins-poden-vetar-pisos-turistics-majoria-tres-cinquenes-parts/

Normativa y Legislación, Prensa

El sector inmobiliario y Foment alertan del impacto del control al alquiler temporal

Barcelona, 9 de abril de 2025 Las principales organizaciones del sector inmobiliario en Catalunya y la patronal Foment han advertido este miércoles sobre el «grave impacto» que tendría aplicar controles en los alquileres temporales. Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://efs.efeservicios.com/texto/sector-immobiliari-foment-alerten-limpacte-control-lloguer-temporal/55016518904

Normativa y Legislación, Prensa

El sector inmobiliario y Fomento rechazan el tope en los alquileres temporales

Barcelona, 9 de abril de 2025 Las asociaciones reclaman que se deje de legislar «de espaldas al sector» y se adopten políticas de vivienda «realmente efectivas». Foment del Treball y diversas asociaciones y organizaciones del sector inmobiliario cuestionan la efectividad de la nueva medida para limitar los alquileres de temporada que se ha aprobado este miércoles en el Parlament de Catalunya. El conjunto de asociaciones han expresado su preocupación ante cómo el control de rentas en alquileres de corta y media estancia pueden “distorsionar el marco jurídico actual y afectar negativamente al mercado”. Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://elmon.cat/moneconomia/consum/habitatge/sector-immobiliari-i-foment-rebutgen-topall-lloguers-temporals-96202/

Normativa y Legislación, Prensa

El sector inmobiliario y Foment alertan del impacto del control al alquiler temporal

Barcelona, 9 de abril de 2025 Las principales organizaciones del sector inmobiliario en Cataluña y la patronal Foment han advertido este miércoles sobre el «grave impacto» que tendría aplicar controles de precio a los alquileres temporales. Foment del Treball, la Asociación de Promotores de Cataluña (APCE), la Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (ASVAL), la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña (AIC), el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida (CAFBL), el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona (COAPI) y la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona han expresado su preocupación ante el anuncio. Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://www.infobae.com/espana/agencias/2025/04/09/el-sector-inmobiliario-y-foment-alertan-del-impacto-del-control-al-alquiler-temporal/

Normativa y Legislación, Prensa

Las inmobiliarias denuncian que topar los precios de los pisos temporales «distorsiona» la ley

Barcelona, ​​12 de abril de 2025 Foment y promotores aseguran que el Govern se extralimita. La patronal catalana Foment, junto con las principales agrupaciones del sector inmobiliario, han publicado un comunicado conjunto en que alertan del «grave impacto» que tendrá la aplicación del tope de precios a los pisos de temporada. Según las patronales, provocará «una distorsión en el marco jurídico» e «inseguridad jurídica». Foment del Treball, la Asociación de Promotores de Catalunya (APCE), la Asociación de Propietarios de Vivienda de Alquiler (ASVAL), la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Catalunya (AIC), el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida (CAFBL), el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona (COAPIO) y la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona firman este documento en el cual expresan su «preocupación» por la medida. Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://www.elnacional.cat/oneconomia/ca/economia/immobiliaries-denuncien-topar-preus-pisos-temporals-distorsiona-llei_1396411_102.html

Normativa y Legislación, Prensa

El sector inmobiliario y Foment creen que regular el alquiler temporal distorsiona el marco jurídico

Barcelona, 9 de abril de 2025 Entidades del sector inmobiliario y Foment del Treball han rechazado la regulación del alquiler de temporada acordado por Govern, PSC-Units, ERC, Comuns y CUP, porque “supondría una grave distorsión del marco jurídico actual y afectaría negativamente a un segmento del mercado que es esencial para la movilidad, laboral, académica y social en Catalunya”, han afirmado este miércoles en una declaración conjunta. Los firmantes son Asociación de Promotores de Catalunya (APCE), Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (ASVAL), Asociación de Agentes Inmobiliarios de Catalunya (AIC), Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida (CAFBL), Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona (COAPI), Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona y Foment. Puedes ver la noticia entera en el siguiente enlace https://elpais.com/espana/catalunya/2025-04-09/el-sector-inmobiliario-y-foment-creen-que-regular-el-alquiler-temporal-distorsiona-el-marco-juridico.html

Colegio/Profesión, Notas de prensa, Rehabilitación

Los Administradores de Fincas Colegiados informan que en España tardaríamos 600 años en rehabilitar energéticamente nuestros edificios

Madrid, 8 de abril de 2025 En España se rehabilitan al año entre un 0,11% y un 0,15%, y en 2023 solo se han rehabilitado 30.000 viviendas. Con este ritmo de crecimiento anual, en 2030 se habrían rehabilitado en torno a 285.000 viviendas, muy lejos de las 1.200.000 viviendas previstas por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para 2030. Con el desarrollo de la rehabilitación energética se lograría una reducción del consumo en un 50% de los edificios, con una revalorización del precio de los inmuebles de hasta un 20%. El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas –CGCAFE-, ha presentado un Informe sobre la situación actual de la rehabilitación energética en nuestro país, informando que, a pesar del esfuerzo económico realizado a través de los Fondos Next Generation, el incremento del número de viviendas que se rehabilitan cada año solo ha crecido un 10%, lo que supone que, en 2023, se han rehabilitado un total de 30.000 viviendas en toda España. Si se consigue mantener este ritmo de crecimiento anual, en 2030 se habrían rehabilitado en torno a 285.000 viviendas en nuestro país, lo que significaría que no se podría cumplir con los objetivos establecidos por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana -MIVAU- que se ha marcado como meta rehabilitar 1.200.000 viviendas hasta 2030. El Informe que se ha presentado analiza esta situación desde el punto de vista de los Administradores de Fincas colegiados, cuya posición, en el centro de todos los procesos de rehabilitación, les permite un punto de vista global y en contacto directo con la realidad. Por ello proponen 33 medidas para que se consiga un mayor ritmo en la rehabilitación energética para poder cumplir con el objetivo europeo de la neutralidad de emisiones de los edificios para 2050. Rehabilitación energética obligatoria En España existen 25,7 millones de viviendas, de las cuáles un 42,7% se construyeron antes de 1980 sin ningún tipo de aislamiento, y un 48,3% se edificaron antes de 2007, año en que no se había aprobado el Código de la Edificación. De ellas, anualmente se rehabilita entre un 0,11% a 0,15%, por lo que a este ritmo se necesitarían más de 600 años para rehabilitar este parque inmobiliario. En palabras de Pablo Abascal, presidente del CGCAFE, “si logramos un mayor incremento de los edificios rehabilitados, estaríamos hablando de una reducción del consumo en un 50% de los edificios, con una revalorización del precio de los inmuebles de hasta un 20%, además de la mejora del conforte al reducir problemas de humedad y el aumento del bienestar térmico”. Peio Mendia, tesorero del CGCAFE, destacó que “la rehabilitación energética debería de ser obligatoria en las comunidades de propietarios, así como una mayor deducción y bonificación en IRPF e IBI por mejora de eficiencia energética, pero también estas deducciones deberían aplicarse en el IRPF sobre los rendimientos del alquiler, sin olvidarnos de la aplicación del tipo reducido de IVA o la creación de la cuenta ahorro energético”. Marco legal y ayudas sin cambios constantes El CGCAFE considera que el proceso rehabilitador requiere de un marco legal y ayudas sin cambios constantes, además de impulsar la definición profesional y formación de nuevas figuras profesionales -agente rehabilitador o gestor de comunidades energéticas, entre otras-, y regular, a través de una norma estatal, sus funciones. Por ello, Antonio Jaume, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Baleares, explicó que una de las propuestas esel establecimiento de la rehabilitación energética como una obligación para las comunidades de propietarios, sin que se precise el acuerdo de la Junta de Propietarios para su ejecución y cumplimiento. También debería ser obligatorio constituir un fondo obligatorio con fijación de una cantidad mínima de aportación”. ”. Lorenzo Viñas, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida, incidió en la necesidad de reformar, en el sentido de las propuestas, el Código Civil Catalán, además de simplificar los trámites administrativos de la petición de las subvenciones, actualmente muy complejos. “Creación de la ventanilla única en los trámites administrativos, que debe tener el soporte de las oficinas de rehabilitación gestionadas por los colegios profesionales implicados en estos procesos: arquitectos, arquitectos técnicos y administradores de fincas, con el fin de favorecer la tramitación de las ayudas”, explico Viñas. Los administradores y administradoras de fincas colegiados tienen como objetivo trabajar en beneficio de la ciudadanía, y por su actividad profesional conocen, de primera mano, sus necesidades en materia de vivienda y rehabilitación energética, por lo que sus propuestas al Gobierno, a los Grupos Parlamentarios y a las distintas administraciones públicas, se basan en un conocimiento profundo de los problemas de los vecinos/as, y consideran que la aprobación por el Gobierno de las medidas propuestas por el CGCAFE, repercutirán muy favorablemente, no solo en evitar conflictos en las comunidades de propietarios, sino para anticiparnos a los problemas que surjan en las próximas décadas.

Colegio/Profesión, Notas de prensa

La nueva Ley que permite a las comunidades de propietarios prohibir pisos turísticos no aplica en Cataluña

Barcelona, 4 de abril de 2025 El Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida aclara que en Cataluña rige el Código Civil Catalán y que, por lo tanto, la prohibición de pisos turísticos ya se podía hacer desde hace años, todo y seguir un procedimiento específico A raíz de la entrada en vigor hoy de la prohibición de pisos turísticos en las comunidades de propietarios, norma recogida en la Ley Orgánica de Eficiencia de la Justicia, desde el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida queremos aclarar que esta ley no aplica en Cataluña, dado que es una medida que modifica la Ley de Propiedad Horizontal que aplica al resto del estado español, mientras que en Cataluña nos regimos por el Código Civil Catalán. En Cataluña se pueden prohibir pisos turísticos desde el 2006, tal y como se recoge en el Artículo 553-11 del libro quinto del Código Civil Catalán, que regula el funcionamiento de las comunidades de propietarios y entre ellos, la constitución de los estatutos. Pero para que tenga aplicación de cara a terceros, es necesario que la aprobación de esta prohibición se incorpore modificando los estatutos (en caso de tener) o bien, crearlos, siempre y cuando se apruebe el acuerdo, en cualquier caso, por 4/5 partes de los propietarios de la comunidad en una junta general convocada a tal efecto. Es significativo que estas 4/5 partes de los propietarios representen las 4/5 partes de los coeficientes de copropiedad. El Colegio puntualiza que la ley hace referencia siempre a la prohibición de pisos turísticos nuevos, los que ya existían antes con licencia de actividad turística, pero, no se pueden vetar a través de los estatutos, dada la irretroactividad de las normas. Esta norma se modificó en el 2015, año en que se añadió que para que esta prohibición de pisos turísticos fuera oponible a terceros, los estatutos se tienen que inscribir en el Registro de la Propiedad; por eso, es requisito ineludible constituirlos en escritura pública notarial. Es decir, “si hay un nuevo propietario que compra uno de los pisos en una comunidad de propietarios donde se ha acordado la prohibición de configurar pisos de uso turístico, no podrá destinarlo para este uso”, indica el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida, Lorenzo Viñas. Subvenciones para financiar la creación o modificación de los estatutos de una comunidad de propietarios Crear o modificar unos estatutos de una comunidad de propietarios comporta unos costes que pueden oscilar entre los 4.000 y 7.000 euros de media en una comunidad sencilla, aunque la casuística puede ser muy amplia en función de la configuración y características de la comunidad de propietarios en cuestión, tal como informa el Sr. Viñas. Por eso, el Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida ya se está trabajando con el Ayuntamiento de Barcelona y el Institut Municipal d’Habitatge de Barcelona, a petición de estos, para ofrecer unas bonificaciones que financien los gastos que supone la modificación o constitución de los estatutos. “Es una medida que va alineada perfectamente con la política del Sr. Collboni de limitar el uso de pisos turísticos y por parte de los Administradores de Fincas colegiados tenemos la misión de trasladar esta información a la ciudadanía, al tener un nexo directo entre las Administraciones Públicas y los propietarios de bienes inmuebles» ”, señala el Sr. Viñas. Una vez más, reiteramos que nuestra profesión, la de Administrador de Fincas Colegiado, juega un papel clave en la sociedad y es esencial para un parque de viviendas seguro, sostenible y accesible.

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